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DECRETO SUPREMO N° 12827

GRAL. HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

CONSIDERANDO:

 

Que, la H. Alcaldía Municipal de Montero, solicita autorización para la venta de un lote de terreno de su propiedad en subasta pública, en vista de la difícil situación económica por la que atraviesa el Tesoro de la Comuna.

 

Que, teniendo que encarar grandes inversiones en la prosecución de las obras de impostergable necesidad para la población de Montero, como ser el enlosetado de las calles, remodelación del sistema de agua potable y luz eléctrica para el Matadero Municipal, y no siendo posible solicitar asignaciones al Estado ni obtener empréstitos.

 

Que, siendo propietaria de varios lotes urbanos que en la actualidad no cumplen ninguna función social ni son necesarios para la Comuna, ha resuelto rematarlos para obtener fondos destinados a los indicados anteriormente.

 

Que, siendo necesaria la dictación de un Decreto Supremo para concederse dicha autorización de acuerdo con lo previsto por la Ley de 19 de noviembre de 1912.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

DECRETA:

 

Autorizar a la H. Alcaldía Municipal de Montero, para la venta en subasta pública, de un lote de terreno de 256 metros cuadrados de su propiedad, ubicado en la esquina formada por las calles “Sucre” y “24 de septiembre” de esa ciudad, sobre la base de su tasación parcial de $b. 128.000.-, suma destinada únicamente para la prosecución de las obras comunales emprendidas, de urgencia necesidad pública.

 

El señor Ministro de Estado en el Despacho de Finanzas, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los tres días del mes de septiembre de mil novecientos setenta y cinco años.

 

FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Alberto Guzmán Soriano, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Waldo Bernal Pereira, Julio Trigo Ramírez, Víctor Gonzales Fuentes, Mario Vargas Salinas, José Antonio Zelaya Salinas, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Jorge Torres Navarro, Walter Núñez Rivero.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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