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DECRETO SUPREMO N° 12845

GRAL. HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

C O N S I D E R A N D O:

 

Que, la Secretaría General de Prensa e Informaciones requiere de la aprobación de un Presupuesto Adicional con cargo a recursos propios, originados en el pago de indemnización efectuada por la Corporación Minera de Bolivia por desocupación de las oficinas que utilizaba en el edificio ubicado en la Avenida Camacho, propio de la Empresa Minera Estatal.

 

Que, la mencionada Secretaría de Prensa e Informaciones se desenvuelve como un Programa de la Presidencia de la República y a la fecha se encuentra ante la necesidad de efectuar reparaciones en el equipo de transmisión de Radio Illimani.

 

Que, el Ministerio de Finanzas ha elaborado el correspondiente detalle de ingresos y egresos para su aprobación a través de la Presidencia de la República.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

D E C R E T A:

 

ARTÍCULO ÚNICO.- Apruébase el Presupuesto Adicional de la Presidencia de la República para su Programa 02 Secretaría General de Prensa e Informaciones”, por la suma de CIEN MIL 00/100 PESOS BOLIVIANOS ($b. 100.000.-), para su vigencia en la presente gestión fiscal con sujeción al siguiente detalle:

 

 

INGRESOS

(en pesos bolivianos)

 

FINANCIAMIENTO POR ORIGEN DE LOS RECURSOS :

 

 

Código

 

Fuente

Presupuesto Adicional 1975

1

NACIONALES

100.000.-

5

OTROS

100.000.-

6.1

Recaudaciones Especiales

100.000.-

 

Total:

100.000.-

 

 

EGRESOS

(EN PESOS BOLIVIANOS)

 

CLASIFICACION POR OBJETO DEL GASTO:

 

 

 

 

Código

 

Descripción

Presupuesto Adicional 1975

200

SERVICIOS NO PERSONALES………………………………….

40.000.-

260

MANTENIMIENTO Y REPARACIONES………………………..

40.000.-

262.5.1

Equipo.……………………………………………………………..

40.000.-

300

MATERIALES Y SUMINISTROS………………………………..

60.000.-

330

SUMINISTRO PARA CONSTRUCCION Y MANTENIMIENTO

60.000.-

332.5.1

Accesorios y Repuestos para Maquinaria y Equipo.……………….

60.000.-

 

 

Total:………………………………………………...

100.000.-

 

El señor Ministro de Estado en el Despacho de Finanzas, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los doce días del mes de septiembre de mil novecientos setenta y cinco años.

 

FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Alberto. Guzmán Soriano, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Waldo Bernal Pereira, Julio Trigo Ramírez, Víctor Gonzáles Fuentes, Mario Vargas Salinas, José Antonio Zelaya Salinas, Alberto Natusch Busch Jorge Torres Navarro, Walter Núñez Rivero.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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