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DECRETO SUPREMO Nº 3453

DECRETO PRESIDENCIAL N° 1157

EVO MORALES AYMA

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

 

C O N S I D E R A N D O:

 

Que es facultad del señor Presidente Constitucional del Estado Plurinacional y Capitán General de las Fuerzas Armadas designar al Comandante en Jefe de las Fuerzas Armadas y a los Comandantes del Ejército, de la Fuerza Aérea y de la Armada, de conformidad a lo establecido en la Atribución 17ª del Artículo 172 de la Constitución Política del Estado y Artículos 38, 46 y 64 de la Ley N° 1405, de 30 de diciembre de 1992, Ley Orgánica de las Fuerzas Armadas.

 

Que por Decreto Presidencial N° 1119, de 4 de enero de 2012, se ha designado a los miembros del Alto Mando Militar, entre los que se encuentra el Gral. Brig. Gustavo Sandoval Espinoza como Comandante General Accidental del Ejército.

 

Que en razón a que se omitió el segundo nombre del Comandante General Accidental del Ejército en el Decreto Presidencial citado y siendo su nombre completo, de acuerdo a su Cédula de Identidad, Gustavo Adolfo Sandoval Espinoza, es necesario emitir el presente Decreto Presidencial.

 

D E C R E T A:

 

ARTÍCULO ÚNICO.- Se complementa el Decreto Presidencial N° 1119, de 4 de enero de 2012, que designa como Comandante General Accidental del Ejército, al Gral. Brig. Gustavo Sandoval Espinoza, adicionándose su segundo nombre “Adolfo” en el citado Decreto Presidencial, debiendo figurar como Gral. Brig. Gustavo Adolfo Sandoval Espinoza.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los siete días del mes de marzo del año dos mil doce.

 

FDO. EVO MORALES AYMA, Juan Ramón Quintana Taborga, Rubén Aldo Saavedra Soto.

 

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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