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DECRETO SUPREMO Nº 06760

VICTOR PAZ ESTENSSORO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

 

CONSIDERANDO:

 

Que la Excelentísima Corte Suprema de Justicia de la Nación, solicita la creación de una Notaría de Fe Pública en la población de Camiri;

 

Que el crecimiento demográfico e industrial de aquella población justifican plenamente el petitorio;

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO ÚNICO.- Créase en el cantón Camiri de la provincia Cordillera del departamento de Santa Cruz, una Notaría de Fe Pública de Tercera Clase, de acuerdo con lo previsto por los artículos 7º y 43 de la Ley del Notariado de 5 de noviembre de 1858.

 

El señor Ministro en el Despacho de Gobierno, Justicia e Inmigración, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de La Paz, a los siete días del mes de mayo de mil novecientos sesenta y cuatro años.

 

FDO. VICTOR PAZ ESTENSSORO, F. Iturralde Ch. J. Fellman V., R. Leytón, A. Fortún S., A. Aguilar P., Gral. L. Rodríguez B., E. Arauco P., C. Humboldt, R. Zabaleta, G. Ariñiez, G. Jáuregui G., J. Escobar Q.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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