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DECRETO SUPREMO Nº 06758

VICTOR PAZ ESTENSSORO

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

 

 

CONSIDERANDO:

 

Que la Universidad Mayor y Autónoma “Juan Misael Saracho” de Tarija, solicita disponer la expropiación de la propiedad de la testamentaría de la señora Esperanza v. de Navajas denominada “Casa Dorada” ubicada en la ciudad de Tarija, entre las calles “Gral. Trigo” e “Ingavi”, aduciendo que no cumple función útil a la sociedad.

 

Que la necesidad y utilidad pública se presume y justifica cuando la expropiación va destinada a fines educativos y culturales;

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO 1.- Declárase de necesidad y utilidad pública la expropiación del inmueble de propiedad de la testamentaría de la señora Esperanza Morales v. de Navajas, denominada “Casa Dorada” ubicado en la ciudad de Tarija, entre las calles “General Trigo” e “Ingavi”, con destino a las oficinas administrativas, museos y otras dependencias de la Universidad “Juan Misael Saracho” de aquel distrito.

 

ARTÍCULO 2.- La Prefectura del Departamento de Tarija correrá con los trámites de expropiación, de conformidad con la Ley de 30 de diciembre de 1884 y demás disposiciones en vigencia sobre la materia.

 

ARTÍCULO 3.- El valor del inmueble, objeto de la expropiación, será cancelado por la Universidad Mayor y Autónoma “Juan Misael Saracho”.

 

El señor Ministro de Estado en el Despacho de Educación y Cultura, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los siete días del mes de mayo de mil novecientos sesenta y cuatro años.

 

FDO. VICTOR PAZ ESTENSSORO, F. Iturralde Chinel, J. Fellman Velarde, Gral. L. Rodríguez B., J. Escobar Q., Arturo Fortún Sanjinés, R. Leytón M., A. Aguilar P., G. Ariñez V., G. Jáuregui G., E. Arauco Paz, Ciro Huboldt B.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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