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DECRETO SUPREMO N° 12892

GRAL. HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

C O N S I D E R A N D O:

 

Que, el Servicio Nacional de Caminos ha convocado a propuestas para la provisión de repuestos con destino al equipo de esa Entidad Vial, mediante convocatoria N° 15/75;

 

Que, una vez que se procedió a la apertura de propuestas conforme a los requisitos legales de la materia (Acta de 22 de julio de 1975), y conocido el informe de la respectiva Comisión Calificadora, la H. Junta de Almonedas del Servicio Nacional de Caminos en su reunión de fecha 27 de agosto del presente año (Acta N° 171/75), adjudicó la propuesta en favor de la firma comercial “Casa Palmar”.

 

Que, es necesario aprobar la adjudicación de la H. Junta de Almonedas mediante Decreto Supremo de conformidad a lo establecido por el Decreto Supremo N° 12262 de fecha 24 de febrero de 1975

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

D E C R E T A:

 

ARTÍCULO 1.- Apruébase la adjudicación efectuada por la H. Junta de Almonedas del Servicio Nacional de Caminos, en su reunión de fecha 27 de agosto de 1975, en favor de la firma comercial que se indica a continuación, por los montos que se señalan y en las condiciones adjudicadas:

 

CASA PALMAR:

 

Repuestos Internacional R-185, por un valor total de doscientos Setenta Mil Trescientos Sesenta y Dos 40/100 Pesos Bolivianos ($b. 270.362.40).

 

Repuestos Caterpillar por un valor total de Trecientos Cincuenta y Cuatro Mil Doscientos Dos 80/100 Pesos Bolivianos ($b. 354.202.80).

 

Repuestos Galion por un valor total de Doscientos Trece Mil Novecientos Sesenta y Siete 95/100 Pesos Bolivianos ($b. 213.967.95).

 

ARTÍCULO 2.- Autorízase a los señores Director del Servicio Nacional de Caminos, Contralor General de la República y Fiscal de Gobierno, para que en representación del Estado suscriban el respectivo contrato con los personeros de la firma adjudicataria y sea con las formalidades y seguridades prescritas por Ley.

 

Los señores Ministros de Finanzas y Transportes, Comunicaciones y Aeronáutica Civil, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veinticinco días del mes de septiembre de mil novecientos setenta y cinco años.

 

FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Alberto Guzmán Soriano, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Waldo Bernal Pereira, Julio Trigo Ramírez, Víctor Gonza1es Fuentes, Mario Vargas Salinas, José Antonio Zelaya Salinas, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Jorge Torres Navarro, Walter Núñez Rivero.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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