DECRETO SUPREMO N° 12938
GRAL. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O:
Que, evaluada la ejecución presupuestaria del Comité Departamental de Desarrollo de Tarija (CODETAR), se evidencia la necesidad de aprobar un Presupuesto Adicional con cargo a sus propios recursos, con objeto de regularizar su desenvolvimiento institucional.
Que, para el efecto, la Dirección General de Presupuesto del Ministerio de Finanzas ha elaborado el correspondiente detalle presupuestario, sin incluir en el Capítulo de Ingresos los recursos provenientes de la participación sobre utilidades del Ingenio Azucarero Stephan Leig, ajustándose en lo demás a las estrictas necesidades del Organismo, por lo que corresponde al Poder Ejecutivo determinar su aprobación legal.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A:
ARTÍCULO ÚNICO.- Apruébase el Presupuesto Adicional del Comité Departamental de Desarrollo de Tarija, para su vigencia en la presente gestión fiscal de 1975, por la suma de DIECISEIS MILLONES OCHOCIENTOS CUARENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS 00/100 PESOS BOLIVIANOS ($b. 16.842.200). de acuerdo al siguiente detalle:
I N G R E S O S
(En Pesos Bolivianos)
Financiamiento por Origen de los Recur sos:
Código
Fuente
Presupuesto
Adicional
1975
I
NACIONALES
16.842.200.-
2.-
Recursos Propios Recuperaciones varias
Recuperaciones Varias
612.100.-
612.100.-
5.-
Otros
16.230.100.-
5.2
Saldo gestión anterior (Fondos no utilizados en proyectos gestión 1974)
16.230.100.-
TOTAL:
16.842.200.-
EGRESOS
(En Pesos Bolivianos)
Clasificación por Objeto del Gasto:
Código
Descripción
Presupuesto
Adicional
1975
100
SERVICIOS PERSONALES
499.700.-
120
Empleados no Permanentes
499.700.-
200
SERVICIO NO PERSONALES
512.700.-
210
Comunicación y Servicios Públicos
9.500.-
212
Teléfonos
2.500.-
213
Energía Eléctrica
7.000.-
220
Publicidad e Imprenta
50.000.-
221
Publicidad
50.000.-
240
Seguros
43.000.-
242
Responsabilidad Civil
1.000.-
243
Automotores y Aeronaves
40.000.-
244
Otros Seguros
2.000.-
270
Servicios Profesionales y Comerciales
410.200.-
273
Estudios, Investigaciones y
Proyectos
410.200.-
300
MATERIALES Y SUMINISTROS
76.000.-
320
Suministros Generales
26.000.-
321
Materiales por limpieza y Usos Domésticos
10.000.-
322
Vestuario
10.000.-
323
Textiles
5.000.-
326
Otros Suministros
1.000.-
330
Suministros para Construcción y mantenimiento
50.000.-
333
Herramientas Menores
50.000.-
400
ACTIVOS FIJOS Y FINANCIEROS
5.753.800.-
410
Inmobiliarios
2.283.800.-
413
Construcción de Edificios
1.000.000.-
418
Obras Hidráulicas y Sanitarias
1.283.800.-
430
Maquinaria y Equipo
1.430.000.-
433
Equipo de Transporte, Tracción y Elevación
1.000.000.-
435
Equipo de Laboratorio e
Investigación
400.000.-
438
Equipo de Comunicaciones
30.000.-
450
Inversiones Financieras
2.040.000.-
451
Título y Valores
2.040.000.-
700
TRANSFERENCIAS
10.000.000.-
730
Transferencia de Capital
al Sector Público
10.000.000.-
731
Administración Central
10.000.000.-
2.- Ministerio de Estado
10.000.000.-
Ministerio de Transportes, Comunicaciones y Aeronáutica Civil (Aeropuerto Tarija)
10.000.000.-
TOTAL:
16.862.200.-
Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Finanzas y Urbanismo y Vivienda quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los once días del mes de octubre de mil novecientos setenta y cinco años.
FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Alberto Guzmán Soriano, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Waldo Bernal Pereira, Víctor Castillo Suárez, Julio Trigo Ramirez, Víctor Gonzales Fuentes, Mario Vargas Salinas, José Antonio Zelaya Salinas, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Jorge Torres Navarro, Wálter Núñez Rivero.