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DECRETO SUPREMO N° 12964

GRAL. HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

C O N S I D E R A N D O:

 

Que, se han introducido modificaciones arquitectónicas en el Edificio del Centro de Comunicaciones - Sector Correos de la ciudad de Cochabamba, determinando un cambio de materiales en los acabados, que ha significado un incremento en los costos de construcción.

 

Que, se ha conformado una comisión técnica con representantes de la Presidencia de la República, Ministerio de Transportes, Comunicaciones y Aeronáutica Civil, Director de Obra y la empresa contratista “Cingar Ltda.” para determinar los nuevos precios resultantes del cambio de materiales; habiéndose arribado a un acuerdo favorable.

 

Que, de acuerdo con la empresa contratista, se ha llegado a una solución para efectuarse la sustitución. de los materiales para la fase de acabados basándose en el costo definitivo de los nuevos materiales, lográndose la aceptación del contratista.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

D E C R E T A:

 

ARTÍCULO 1.- Homológase los nuevos precios unitarios resultantes del análisis y cálculos elaborados por la comisión técnica nombrada por el Supremo Gobierno de la Nación, relacionados con la construcción de las fases dos y tres del edificio del Centro de Comunicaciones de la ciudad de Cochabamba, Sector Correos presentado en la fecha al Ministerio de Transportes, Comunicaciones y Aeronáutica Civil; aceptado por la empresa contratista “Cingar Ltda.” mediante un convenio especial.

 

ARTÍCULO 2.- Se autoriza al Ministerio de Tarnsportes, Comunicaciones y Aeronáutica Civil, Contralor General de la República, Fiscal de Gobierno en representación del Estado suscribir el respectivo contrato adicional con la empresa constructora “Cingar Ltda.” de acuerdo a los nuevos precios unitarios resultantes de los cambios de los materiales recomendados por la comisión técnica.

 

El señor Ministro de Transportes, Comunicaciones y Aeronáutica Civil, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los quince días del mes de octubre de mil novecientos setenta y cinco años.

 

FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Guillermo Jiménez Gallo, Víctor Gonzáles Fuentes, Alberto Natusch Busch, Julio Trigo Ramírez, Mario Vargas Salinas, José Antonio Zelaya Salinas, Jorge Torres Navarro, Walter Núñez Rivero.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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