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DECRETO SUPREMO N° 15667

DECRETO LEY Nº 12998

GRAL. HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

C O N S I D E R A N D O:

 

Que, la H. Alcaldía Municipal de Tarija, ha cedido con carácter gratuito a la Fuerza Aérea Boliviana, un lote de terreno de su propiedad, situada en la Avenida de “Las Américas”, (antes “Libertad”), con una extensión superficial de 2.700 mts2. a condición de que ejecute por su cuenta, la construcción de un Casino Aeronáutico y Agencia de Transporte Aéreo. Militar, edificaciones que han sido concluídas por la institución beneficiaria;

 

Que, tratándose de una cesión gratuita con fines de urbanización, hecha en favor de una Institución Estatal, corresponde aprobarla en receso del Poder Legislativo, de acuerdo a lo determinado por el Artículo 59, Inciso 7°, de la Constitución Política del Estado.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

D E C R E T A:

 

ARTÍCULO ÚNICO.- Apruébase la donación municipal gratuita en favor de la Fuerza Aérea Boliviana de dos mil setecientos metros cuadrados (2.700 mts2.) de terrenos urbanos situados frente a la Avenida “Las Américas” de la ciudad de Tarija, y acordada mediante Ordenza Municipal N° 1/65 de 14 de enero de 1965, de acuerdo a los límites y medidas detalladas por la escritura pública N° 43/48 de 22 de marzo de 1968, extendida ante el Notario de Fe Pública de Tarija, Don Manuel Durán Pacheco.

 

Los señores Ministros Estado en los Despachos de Defensa Nacional e Interior, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los ventidos días del mes de octubre de mil novecientos setenta y cinco.

 

FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Alberto Guzmán Sorino, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Guillermo Jiménez Gallo, Víctor Castillo Suárez, Julio Trigo Ramírez, Waldo Bernal Pereira, Víctor Gonzáles Fuentes, Mario Vargas Salinas, José Antonio Zelaya Salinas, Alberto Natusch Busch, Jorge Torres Navarro, Walter Núñez Rivero.

 

 

 

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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