TEXTO DE CONSULTA
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DECRETO SUPREMO N° 15667

DECRETO SUPREMO Nº 12987

GRAL. HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

C O N S I D E R A N D O:

 

Que, el Ministro de Planeamiento y Coordinación requiere de la aprobación de un Presupuesto Adicional con cargo a sus Recaudaciones Especiales, destinado a su Programa 01, Sub-Programa 04 y Actividad 06 “Gaceta Oficial” con el objeto de sufragar los gastos emergentes de la publicación de los Códigos y el Sistema Nacional de Planeamiento por ser cuerpos legales de carácter especial y no previstos en el Consolidado General aprobado por el Decreto Supremo Nº 12262 de 24 de febrero de 1975.

 

Que efectuado el análisis de requerimiento y necesidades por la Dirección General de Presupuesto en virtud de su privativa atribución que le confiere el Art. 17 de la Ley Financial vigente, se establece la procedencia legal del referido Presupuesto Adicional, correspondiendo al Poder Ejecutivo determinar su aprobación, con los detalles de Ingresos y Egresos elaborados por el Ministerio de Finanzas.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

D E C R E T A:

 

ARTÍCULO ÚNICO.- Apruébase el Presupuesto Adicional del Ministerio de Planeamiento y Coordinación para su Programa 01 Subprograma 04 y Actividad 06 “Gaceta Oficiar”, con cargo a sus Recaudaciones Especiales por la sume de TRESCIENTOS MIL 00/100 PESOS BOLIVIANOS ($b 300.000.-), para su vigencia en la presente gestión fiscal y de acuerdo al siguiente detalle:

 

I N G R E S O S
(En Pesos Bolivianos)

 

Financiamiento por Origen de los Recursos:

 

Código

F U E N T E

Presupuesto Adicional

1975

 

1

 

NACIONALES

300.000.-

5

OTROS

300.000.-

5.1

RECAUDACIONES ESPECIALES

300.000.-

 

T o t a l $b.

300.000.-

 

 

E G R E S O S

(En Pesos Bolivianos)

 

Clasificación por Objeto del Gasto:

 

Código

DESCRIPCION

Presupuesto Adicional

1975

 

200

 

SERVICIOS NO PERSONALES

 

300.000.-

200

PUBLICIDAD E IMPRENTA

300.000.-

222.5.1

IMPRENTA

300.000.-

 

T o t a l $b.

300.000.-

 

Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Finanzas y Planeamiento y coordinación, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintidos días del mes de octubre de mil novecientos setenta y cinco años.

 

FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Alberto Guzmán Soriano, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Guillermo Jiménez Gallo, Waldo Bernal Pereira, Víctor Castillo Suárez, Julio Trigo Ramírez, Víctor Gonzáles Fuentes, Mario Vagas Salinas, José Antonio Zelaya Salinas, Alberto Natusch Busch, Jorge Torres Navarro, Walter Núñez Rivero.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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