TEXTO DE CONSULTA
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DECRETO SUPREMO N° 15667

DECRETO SUPREMO Nº 12995

GRAL. HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

C O N S I D E R A N D O:

 

Que, el Fondo Complementario de Trabajadores de YPFB, ha canalizado a través del Instituto Boliviano de Seguridad Social la solicitud de autorización para la adquisición complementaria de ocho depósitos en el edificio “Litoral” de esta ciudad.

 

Que, el D. S. Nº 11415 de 10 de abril de 1974 autorizó a la preindicada da entidad la compra de cuatro pisos en propiedad horizontal en el edificio “Litoral”, requiriéndose al presente complementar dicha adquisición con depósitos en la planta baja del mencionado inmueble, una vez que éstos se encuentren concluídos en su construcción.

 

Que, mediante resoluciones de fecha 11 de noviembre de 1974 tanto la H. Junta de Almonedas como el Directorio del Fondo de Trabajadores de YPFB, aprobaron la compra complementaria de dichos depósitos, decisiones que fueron homologadas por Resolución Administrativa Nº 03-001-75 de fecha 6 de enero de 1975 del Instituto Boliviano de Seguridad Social.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

D E C R E T A:

 

ARTÍCULO ÚNICO.- Autorízase al Fondo Complementario de Trabajadores de YPFB, a efectuar la compra de ocho depósitos en el edilicio “Litoral” por un importe total de $us. 18.200.- o su equivalente en moneda nacional de $b 370.916.- correspondiente a 130 metros cuadrados a un precio unitario de $us. 140.-, en concepto de adquisición complementaria a la autorizada por D. S. 11415 de 10 de abril de 1974, por cuyo motivo se agregará una cláusula adicional al contrato principal, debiendo concurrir a su suscripción las autoridades previstas por Ley.

 

El señor Ministro de Estado en el Despacho de Previsión Social y Salud Pública, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintidos días del mes de octubre de mil novecientos setenta y cinco años.

 

FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Alberto Guzmán Soriano, René Bernal Escalarte, Víctor Gonzáles Fuentes, Waldo Bernal Pereira, Mario Vargas Salinas, Alberto Natusch Busch, Walter Núñez Rivero, Juan Pereda Asbún, Guillermo Jiménez Gallo, Julio Trigo Ramírez, José Antonio Zelaya Salinas, Jorge Torres Navarro, Víctor Castillo Suárez.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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