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DECRETO SUPREMO N° 13012

GRAL. HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

C O N S I D E R A N D O:

 

Que, por Decreto Supremo N° 12484, de 13 de mayo de 1975 se autorizó al Instituto Nacional de Colonización adquirir por compra directa en la República del Perú repuestos y piezas para tractores Caterpillar hasta un valor de $us. 30.000.-

 

Que, al efectuar la compra se vió por conveniente agregar algunos materiales considerados indispensables para el mantenimiento del equipo pesado al que se refieren los repuestos adquiridos mediante el citado Decreto y no incluídos en la lista original, a los precios que se indican en las facturas respectivas, que no existen en Bolivia para compra inmediata;

 

Que, es necesario legalizar los desembolsos respectivos así como los costos del transporte de estos y todos los demás items adquiridos con destino al Instituto Nacional de Colonización.

 

Que, toda esta transacción es favorable en precio, tiempo de entrega y calidad a los intereses del Estado;

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

D E C R E T A:

 

ARTÍCULO PRIMERO.- Amplíase los efectos del Decreto Supremo Nº 12484 de 13 de mayo de 1975 a la compra de los siguientes items adicionales en la República del Perú, con destino al equipo pesado y vehículos del Instituto Nacional de Colonización.

 

500 Kilos soldadura Arco 2 WB

8 piezas planchas FIECE 1/4”

 

ARTÍCULO SEGUNDO.- El importe de CUARENTIOCHO MIL 00/100 PESOS BOLIVIANOS ($b. 48.000) más VEINTIOCHO MIL 00/100 PESOS BOLIVIANOS ($b. 28.000.-) por gasto de transporte se imputarán a la partida “Inversiones Producción y Explotación” del presupuesto de la entidad.

 

ARTÍCULO TERCERO.- Se aplican todas las liberaciones arancelarias y tributos en general mencionadas en el Decreto Supremo Nº 12484 a esta importación adicional.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintinueve días del mes de octubre de mil novecientos setenta y cinco años.

 

FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Alberto Guzmán Soriano, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Víctor Gonzalez Fuentes, Víctor Castillo Suárez, Julio Trigo Ramirez, Waldo Bernal Pereira, Mario Vargas Salinas, José Antonio Zelaya Salinas, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Jorge Torres Navarro, Walter Núñez Rivero.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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