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TEXTO DE CONSULTA
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DECRETO SUPREMO N° 13050

GRAL. HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

C O N S I D E R A N D O:

 

Que, para el desarrollo del proceso de industrialización nacional, es necesario fomentar el establecimiento de actividades económicas que, además de orientarse hacia producciones complejas y de alta tecnología, hagan viable el incremento del valor agregado y el aprovechamiento de los recursos nacionales;

 

Que, ante la falta de una adecuada estructura industrial básica, es conveniente establecer la posibilidad de que algunas industrias partiendo de ensamblaje, bajo determinadas condiciones y plazos, realicen un paulatino proceso de incorporación de componentes nacionales;

 

Que, la Ley de Inversiones vigente, no cubre en sus alcances a este tipo de actividades industriales, siendo necesario por tanto incorporar a su régimen una reglamentación especial para la incentivación y procesamiento de proyectos industriales que contemplan programas específicos de integración nacional;

 

Que, en este sentido, el marco de las modalidades, mecanismos e incentivos a ser aplicados a estas actividades industriales, debe ser precisado y su aplicación ser dinámica y objetiva, a fin de que se logren las metas propuestas;

 

EN CONSEJO DE MINISTROS Y CON APROBACION

DEL CONSEJO NACIONAL DE

ECONOMIA Y PLANEAMIENTO,

 

D E C R E T A:

 

ARTÍCULO 1.- Se aprueba y dispone la vigencia del Régimen de Integración Nacional aplicable a las actividades industriales que realicen un proceso de sustitución progresiva de componentes importados; cuyo texto consta de seis capítulos y treintidos artículos.

 

ARTÍCULO 2.- Quedan derogadas las disposiciones contrarias al presente Decreto Supremo.

 

Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Industria, Comercio y Turismo y de Finanzas, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de la Paz, a los siete días del mes de noviembre de mil novecientos setenta y cinco años.

 

FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Alberto Guzmán Soriano, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Víctor Castillo Suárez, Waldo Bernal Pereira, Alberto Natusch Busch, Víctor Gonzales Fuentes, Mario Vargas Salinas, José Antonio Zelaya Salinas, Guillermo Jiménez Gallo, Jorge Torres Navarro, Walter Núñez Rivero.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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