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DECRETO SUPREMO N° 13081

GRAL. HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

C O N S I D E R A N D O:

 

Que, el Supremo Gobierno, mediante Decreto Nº 11948 de fecha 9 de noviembre de 1974, ha decretado la movilización nacional para el logro del desarrollo económico y social del país, instituyendo el Servicio Civil Obligatorio.

 

Que, la administración del Estado requiere la máxima eficiencia, probidad y honestidad para la óptima formulación y consecución de los objetivos señalados en el Estatuto Básico del Gobierno Central.

 

Que, habiendo presentado renuncia a sus cargos el Directorio del Banco del Estado, la cual ha sido aceptada, es necesario designar a los nuevos funcionarios que ocupen dichas funciones.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

D E C R E T A:

 

ARTÍCULO 1.- Bajo las Normas de la Ley del Servicio Civil Obligatorio, desígnase Presidente del Banco del Estado al Lic. Jorge Tamayo Ramos.

 

ARTÍCULO 2.- En igual forma, designase Directores a los siguientes ciudadanos.

 

Lic. Juan Luis Cariaga Osorio, como representante del Gobierno Central.

 

Lic. Jacques Trigo, como representante del Ministerio de Planeamiento y Coordinación.

 

Ing. Alberto Valdéz, como representante del Ministerio de Industria y Comercio.

 

Sr. Hans Eisner, como representante de la Cámara Nacional de Industria.

 

Lic, Fernando Knaudt, como representante de la Cámara Nacional de Comercio (Ratificado).

 

Sr. Félix Ríos, como representante del personal del Banco del Estado.

 

Los señoros Ministros de Estado en los Despachos de Finanzas y Planeamiento y Coordinación de la Presidencia de la República, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintiún días del mes de noviembre de mil novecientos setenta y cinco años.

FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Alberto Guzmán Soriano, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Víctor Castillo Suárez, Waldo Bernal Pereira, Julio Trigo Ramirez, Víctor Gonzales Fuentes, Mario Vargas Salinas, José Antonio Zelaya Salinas, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Jorge Torres Navarro, Walter Núñez Rivero.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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