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DECRETO SUPREMO N° 13127

GRAL. HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

C O N S I D E R A N D O:

 

Que, el Ministerio de Defensa Nacional requiere con urgencia adquirir vehículos para actos del servicio de sus diferentes Direcciones, por cuanto las Unidades motorizadas de que dispone serán rematadas debido a la mala calidad y al alto costo de mantenimiento, circunstancia por la que el Departamento de Bienes Nacionales de la Contraloría ha sugerido la venta en subasta Pública;

 

Que, para el expresado fin, se ha recabado cotizaciones de la Plaza Comercial, siendo la oferta formulada por “Toyota Boliviana Ltda.” la más favorable a los intereses del Estado;

 

Que, es necesario estandarizar el uso de un solo tipo de vehículos en las FF. AA. de la Nación, ofreciendo mayores ventajas la marca “Toyota” por las condiciones intrínsecas apropiadas a usos castrenses y por contar con un stock permanente de repuestos;

 

Que, es necesario autorizar la adquisición indicada.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

D E C R E T A:

 

ARTÍCULO 1.- Se autoriza al Ministerio de Defensa Nacional, para adquirir de la firma Toyota Boliviana Ltda. los vehículos siguientes:

 

20 jeeps “Toyota Land Cruiser”, al precio de $us. 6.650 por unidad.

5 automóviles Toyota Mark II al precio de $us. 5.550 por unidad.

 

ARTÍCULO 2.- La adquisición que se autoriza, cuyo monto asciende a la suma de TRES MILLONES DOSCIENTOS SETENTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS PESOS BOLIVIANOS ($b. 3.279.300.-) se cancelará con cargo a las siguientes Cuentas: 9-913 FONDOS EN CUSTODIA 75, por la suma de 2.373.478 $b. 400 ACTIVOS FIJOS Y FINANCIEROS 430 Maquinaria y equipo 25-433 Equipo de Transporte, tracción y elevación, por la suma de 905.822 $b.

 

ARTÍCULO 3.- La presente adquisición queda liberada del pago de derechos arancelarios, conforme a lo previsto en el Decreto Supremo N° 10142, de 3 de marzo de 1972.

 

El señor Ministro de Estado en el Despacho de Defensa Nacional, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los cuatro días del mes de diciembre de mil novecientos setenta y cinco años.

 

FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Alberto Guzmán Soriano, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Waldo Bernal Pereira, Julio Trigo Ramírez, Víctor Gonzáles Fuentes, Mario Vargas Salinas, José Antonio Zelaya Salinas, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Jorge Torres Navarro, Walter Núñez Rivero.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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