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DECRETO SUPREMO N° 13118

GRAL. HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

C O N S I D E R A N D O:

 

Que, se ha presentado reclamo por la Empresa Nacional del Arroz (ENA) por la aplicación del Item N° 17.01, que grava con $b. 0.20 centavos por quintal de arroz procesado, establecido en la Ordenanza de Patentes e Impuestos del Municipio de Portachuelo;

 

Que, como consecuencia del análisis efectuado sobre el planteamiento, se hace necesario corregir, enmendar y solucionar el Item señalado, sin vulnerar las atribuciones y facultades otorgadas a los Municipios por Ley Orgánica de Municipalidades, manteniendo sus ingresos y compatibilizando los tributos con las disposiciones legales vigentes en materia tributaria.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

D E C R E T A:

 

ARTÍCULO ÚNICO.- Suprímese el Item. N° 17.01 del capítulo XVII de la Ordenanza de Patentes e Impuestos de la Honorable Alcaldía Municipal de Portachuelo, provincia Sara del Departamento de Santa Cruz, aprobada por Decreto Supremo N° 12633 de 19 de junio de 1975.

 

Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Finanzas y del Interior, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, al primer día del mes de diciembre de mil novecientos setenta y cinco años.

 

FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Alberto Guzmán Soriano, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Víctor Castillo Suárez, Waldo Bernal Pereira, Julio Trigo Ramírez, Víctor Gonzáles Fuentes, Mario Vargas Salinas, José Antonio Zelaya Salinas, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Jorge Torres Navarro, Walter Núñez Rivero.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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