TEXTO DE CONSULTA
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DECRETO SUPREMO N° 15667

DECRETO SUPREMO Nº 13136

GRAL. HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

C O N S I D E R A N D O:

 

Que, el Gobierno de las Fuerzas Armada en el Estatuto de Gobierno de 9 de noviembre de 1974, se ha propuesto hacer efectivo una auténtica justicia social, constituyendo una forma de lograr tal objetivo la dotación o los trabajadores de campos deportivos y centros creativos;

 

Que, en cumplimiento la Resolución del Ministerio de Trabajo Nº 259/73 de 26 de junio de 1973, se ha constituído con los aportes del 0.30% un fondo destinado a la adquisición de un inmueble para el Sindicato Mixto de trabajadores de la Compañía Industrial de Tabacos S. A., que sera reforzado con los recursos del 0.30% programados por el Departamento de Fiscalización de Fondos y Patrimonios Sindicales del indicado Ministerio.

 

Que, a tal efecto se ha ofrecido en venta terrenos con una extensión total de 10.844 metros cuadrados, situados en la zona de Achocalla (ex-fundo Allancacho Chico) de la ciudad de La Paz, de propiedad de Angélica Galindo vda. de Aliaga e hijos y de los esposos Rosendo Chipana Quispe y Candelaria Cruz de Chipana, por el precio de $b. 432.000.-

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

D E C R E T A:

 

ARTÍCULO 1.- Se autoriza la compra de los siguientes lotes de terrenos, situados en Achocalla (ex-fundo Allancacho Chico), inmediaciones de la ciudad de La Paz:

 

6.278 metros cuadrados de propiedad de Angélica Galindo vda. de Aliaga e hijos, a razón de 39.83 el metro.

 

4.566 metros cuadrados de propiedad de los esposos Rosendo Chipana Quispe y Candelaria Cruz de Chipana, a razón de $b. 39.83 el metro.

 

ARTÍCULO 2.- El total de 10.844 metros cuadrados de terreno, cuyo costo global de adquisición asciende a la suma de $b. 432.000. (CUATROCIENTOS TREINTA Y DOS MIL 00/100 PESOS BOLIVIANOS), será destinado a la construcción de un centro recreativo de los trabajadores de la Compañía Industrial de Tabacos S. A. de La Paz.

 

ARTÍCULO 3.- Se encomienda al señor Ministro de Trabajo y Desarrollo Laboral la firma de la respectiva escritura de compra-venta juntamente con el Contralor General de la República, el Fiscal de Gobierno y los coordinadores laborales de la Compañía Industrial de Tabacos S. A., con todas las cláusulas de seguridad y garantía.

 

El señor Ministro de Estado en el Despacho de Trabajo y Desarrollo Laboral, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La, Paz, a los cinco días del mes

de diciembre de mil novecientos setenta y cinco años.

 

FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Alberto Guzmán Soriano, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Víctor Castillo Suárez, Waldo Bernal Pereira, Julio Trigo Ramírez, Mario Vargas Salinas, José Antonio Zelaya Salinas, Víctor Gonzáles Fuentes, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Jorge Torres Navarro, Walter Núñez Rivero.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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