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DECRETO SUPREMO N° 13156

GRAL. HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

C O N S I DE R A N D O:

 

Que, el Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral en cumplimiento a las disposiciones contenidas en el Decreto Supremo Nº 10129 de 2 de febrero de 1972, convocó a las empresas constructoras de tercera categoría a presentar sus propuestas para la construcción de un Pabellón de Metal Mecánica para el Centro Regional de La Paz, del Servicio Nacional de Formación de Mano de Obra (FOMO);

 

Que, efectuada la tercera y última convocatoria y cumplidos todos los requisitos exigidos por los capítulos III y VI de la ya citada disposición legal, la Junta de Licitaciones en su reunión de 14 de noviembre del presente año, adjudicó la ejecución de la obra a la Empresa Constructora D.E.V. CALABI LTDA. por ser propuesta la más conveniente a los requerimientos técnicos y económicos de la convocatoria.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

D E C R E T A:

 

ARTÍCULO ÚNICO.- Apruébase la adjudicación de la construcción del Pabellón de Metal Mecánica para el centro regional de La Paz, del Servicio Nacional de Formación de Mano de Obra (FOMO), efectuada por la Junta de Licitaciones en favor de la Empresa Constructora de Tercera Categoría D.E.V. CALABI LTDA. por un valor de QUINIENTOS TREINTA MIL SEISCIENTOS VEINTIOCHO 70/100 PESOS BOLIVIANOS ($b. 530.628.70) suma cuyo egreso se autoriza de las Partidas asignadas: 400 Activos Fijos, y Financieros, 410 Inmobiliarios, 413 Construcción de Edificios, debiendo suscribirse el respectivo contrato de acuerdo a normas establecidas.

 

El señor Ministro de Estado en el Despacho de Finanzas queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los diez días del mes de diciembre de mil novecientos setenta y cinco años.

 

FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Alberto Guzmán Soriano, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Víctor Castillo Suárez, Waldo Bernal Pereira, Julio Trigo Ramirez, Víctor Gonzales Fuentes, Mario Vargas Salinas, José Antonio Zelaya Salinas, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Jorge Torres Navarro, Walter Núñez Rivero.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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