TEXTO DE CONSULTA
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DECRETO SUPREMO N° 15667

DECRETO SUPREMO N° 13164

GRAL HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

C O N S I D E R A N D O:

 

Que, mediante Resolución Suprema N° 168080, de 10 de julio de 1973, se autorizó la construcción del cuartel “El Mirador” en la zona de Killi-Killi de la ciudad de La Paz;

 

Que, por tratarse de la construcción de un cuartel no se convocó a licitación pública a las empresas constructoras habiéndose efectuado una selección de la mejor propuesta mediante el sistema de invitación; encomendándose la construcción del cuartel a la Empresa “José Luis Ossio”, la misma que ha cumplido el contrato firmado con el Comando General del Ejército en 5 de septiembre de 1973, con la entrega de los trabajos realizada el 7 de marzo del año en curso;

 

Que, es necesario ejecutar los trabajos complementarios en una segunda fase, debiendo encomendarse las obras de la primera fase;

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

D E C R E T A:

 

ARTÍCULO 1.- Apruébanse las erogaciones efectuadas en la construcción del cuartel “El Mirador” dispuesta mediante Resolución Suprema N° 168080 de 20 de julio de 1973 que alcanza a la suma de $b. 2.794.447.89.

 

ARTÍCULO 2.- Autorizar al Comando General del Ejército para suscribir un contrato con la firma constructora “José Luis Ossio” para la ejecución de la segunda fase de construcción del cuartel “El Mirador”, en la zona de Killi-Killi de la ciudad de La Paz, por un valor total de UN MILLON QUINIENTOS CINCUENTA Y SIETE MILSETECIENTOS NOVENTA Y UNO 87/100 PESOS BOLIVIANOS ($b. 1.557.791.87), que deberá ser utilizado en la siguiente forma:

 

Bloque del comedor $b. 1.061.729.86

Instalación de alcantarillado “ 215.164.51

Lavandería y lavaplatos “ 280.901.50

 

Total……………………. $b. 1.557.791.87

 

Monto que será cancelado con cargo al: Código 400- ACTIVOS FIJOS Y FINAN-CEROS

 

410- Inmobiliarios

413- Construcción de edificios - (Cuarteles), del presupuesto del Ejército, gestión 1975.

 

El Señor Ministro de Estado en el Despacho de Defensa Nacional queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los diez días del mes de diciembre de mil novecientos setenta y cinco años.

 

FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Alberto Guzmán Soriano, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Víctor Castillo Suárez, Waldo Bernal Pereira, Julio Trigo Ramírez, Víctor Gonzales Fuentes, Mario Vargas Salinas, José Antonio Zelaya Salinas, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Jorge Torres Navarro, Wálter Núñez Rivero.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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