TEXTO DE CONSULTA
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DECRETO SUPREMO N° 15667

DECRETO SUPREMO N° 13170

GRAL HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

C O N S I D E R A N D O:

 

Que, en la población de Yacuiba, Capital de la Provincia Gran Chaco del Departamento de Tarija, deben iniciarse próximamente los trabajos de enlosetado, cordones y aceras, tendientes a mejorar su desarrollo urbano, para lo cual se cuenta con un financiamiento a otorgarse por el Servido Nacional de Desarrollo Urbano.

 

Que, por otra parte las FF. AA. de la Nación, en su condición de Institución Tutelar, cuentan con el Comando de Ingeniería Militar del Ejército, unidad suficientemente capacitada para efectuar dichas obras, sobre todo en poblaciones fronterizas, donde es necesario afirmar la soberanía nacional.

 

Que, el Comando de Ingeniería conformado por oficiales especializados en el ramo de Ingeniería, necesita de los medios que le posibiliten recursos propios para la renovación de sus equipos.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

D E C R E T A:

 

ARTÍCULO ÚNICO.- Autorízase a la H. Alcaldía Municipal de Yacuiba, contratar directamente los Servicios del Comando de Ingeniería Militar del Ejército, a fin de efectuar los trabajos de enlosetado, cordones y aceras de la indicada población, y sea con la participación de la Contraloría General de la República, previo el cumplimiento de las demás normas legales que rigen la materia.

 

Los señores Ministros de Estado en los despachos de Urbanismo y Vivienda, Defensa Nacional y Finanzas, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los nueve días del mes de diciembre de mil novecientos setenticinco años.

 

FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Alberto Guzmán Soriano, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Víctor Castillo Suárez, Waldo Bernal Pereira, Julio Trigo Ramírez, Víctor Gonzáles Fuentes, Mario Vargas Salinas, José Antonio Zelaya Salinas, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Jorge Torres Navarro, Walter Núñez Rivero.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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