DECRETO SUPREMO Nº 14250
GRAL. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, en fecha 22 de julio próximo pasado, el Ministerio de Finanzas, convocó a propuestas para la provisión e instalación de una Central Telefónica con destino a este Ministerio.
Que, la H. Junta de Almonedas en su reunión de fecha 1° de octubre de 1976 procedió a la apertura de las propuestas:
Sociedad Comercial Hansa Ltda.
Continental Andina.
T. V. Electronic Center.
Raylex de Bolivia Ltda.
Proindus Ltda.
Que, la H. Junta de Almonedas en fecha 30 de noviembre de 1976, premio estudio del cuadro comparativo e informes de Comisión y por convenir a los intereses del Estado adjudicó la provisión e instalación de la Central Telefónica a la casa comercial "PROINDUS Ltda."
Que, habiéndose cumplido con las previsiones de los Decretos Supremos de 22 de mayo de 1939 que rige el Sistema de Administración, 08818 de 27 de junio de 1969, y el D.L. 13384 de 20 de febrero de 1976.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Apruébase la adjudicación efectuada por la H. Junta de Almonedas del Ministerio de Finanzas, en favor de la casa comercial "PROINDUS Ltda.", para la provisión de una Central Telefónica con destino al Ministerio de Finanzas de acuerdo al siguiente detalle:
ITEM UNICO: Una Central Telefónica,
fabricación japonesa.
Central Crossbar OKI
200 líneas de extensión.
20 línes externas troncales.
24 conexiones internas simultáneas.
200 aparatos telefónicos.
Sus. 35.550.80
Sb. 725.236.32
Instalaciones:
Sb. 15.000.00
T O T A L:
$b. 740.236.32
ARTÍCULO 2.- El importe de lo referido anteriormente será cancelado con cargo al Grupo 400 Activos Fijos Financieros, Sub-Grupo 430 Maquinaria y Equipo Partida 433 Equipo de Comunicaciones del Presupuesto vigente del Ministerio de Finanzas.
Los señores Contralor General de la República, Ministro de Finanzas, Fiscal de Gobierno y Representante Legal de la casa comercial "PROINDUS Ltda". suscribirán el Contrato estipulando cláusulas de seguridad y garantía.
El señor Ministro de Estado en el Despacho de Finanzas queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los treinta y un días del mes de diciembre de mil novecientos setenta y seis años.
FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Oscar Adriázola Valda, Juan Pereda Asbún, René Bernal Esclante, Juan Lechín Suárez, Carlos Calvo Galindo, Jaime Niño de Guzmán Quiroz, Julio Trigo Ramirez, Carlos Rodrigo Lea Plaza, Mario Vargas Salinas, Alfonso Villalpando Armaza, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Guido Vildoso Calderón, Santiago Maesse Roca.