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DECRETO SUPREMO Nº 14309

GRAL. HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

CONSIDERANDO:

 

Que, el Ministerio del Interior, Migración y Justicia, ha considerado la urgencia de contar con una Penitenciara en la localidad de Chonchocoro con provisión de instalaciones modernas, acirdes con los avances científicos en materia de rehabilitación social de reclusos.

 

Que, a este efecto se ha cursado invitaciones a varias empresas consultoras para que efectúen el Diseño Final del mencionado establecimiento penal, habiéndose fijado un monto máximo de $b. 2.167.040.- para abarcar el diseño de obras civiles, como asimismo para encarar el sistema penitenciario de seguridad.

 

Que, entre las propuestas consideradas en término hábil, la presentada por la Empresa Consultora "INGENIERIA POLITECNICA AMERICANA LTDA." (IPA), es la que reune las condiciones más ventajosas a los intereses del Estado, tanto por razones de precio como por la magnitud del diseño de obras y cronograma de trabajo, correspondiendo al Poder Ejecutivo autorizar al Ministerio del Interior, Migración y Justicia contratar directamente los servicios de esta Empresa, exceptuando los requisitos establecidos en el D.L. Nº 13964 de 17 de septiembre de 1976, en consideración al informe favorable del Ministerio de Finanzas y del Servicio interesado.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO PRIMERO.- Autorízase al Ministerio del Interior, Migración y Justicia, con carácter de excepción, contratar directamente los servicios de la Empresa Consultora "INGENIERIA POLITECNICA AMERICANA LTDA." (IPA), sin efectuar los requisitos establecidos en el Decreto Ley Nº 13964 de 17 de septiembre de 1976, para realizar el Diseño Final de la Penitenciaría de Chonchocoro que comprende:

 

Obras civiles por la suma de $b. 985.000.-, y

Sistema penitenciario de seguridad por la suma de $us. 58.000.- equivalente a $b. 1.182.040.-.

 

ARTÍCULO SEGUNDO.- Se faculta al Ministerio de Finanzas pagar el costo total do DOS MILLONES CIENTO SESENTA Y SIETE MIL CUARENTA 00/100 PESOS BOLIVIANOS ($b. 2.167.040.-) imputable a la Partida 262 "Asignaciones Globales" del Presupuesto del Ministerio de Finanzas.

 

Los señores Ministros de Estado en los Depachos del Interior, Migración y Justicia y de Finanzas, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de ciudad de La paz, a los cuatro días del mes de febrero de mil novecientos setenta y siete años.

 

FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Oscar Adriázola Valda, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Carlos Calvo Galindo, Jaime Niño de Guzmán Quiroz, Julio Trigo Ramírez, Carlos Rodrigo Lea Plaza, Mario Vargas Salinas, Alfonso Villalpando Armaza, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Guido Vildoso Calderón, Santiago Maesse Roca.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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