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DECRETO SUPREMO Nº 14319

GRAL. HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

CONSIDERANDO:

 

Que, la Empresa Nacinal de Electricidad (ENDE), en su carácter de entidad pública encargada de la planificación y ejecución de los programas de desarrollo eléctrico ha sido autorizado por el Supremo Gobierno para ejecutar los programas financiados por el préstamo BIRF/1238/BO del Banco Mundial y N° 467 SF/BO del BID.

 

Que, en los convenios de préstamo se establece que ENDE debe mantener sus Activos Fijos en libros en el valor del mercado, con el fin particular de generar recursos suficientes para cubrir sus aportes locales en los proyectos.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO ÚNICO.- Autorízase al Ministerio de Energía e Hidrocarburos para que a través de su organismo técnico la Dirección Nacional de Electricidad (DINE), revalúe anualmente al 31 de diciembre y, a partir del año 1976, los Activos Fijos de ENDE, de acuerdo a la metodología ya aplicada anteriormente por la citada Dirección.

 

El señor Ministro de Estado en el Despacho de Energía e Hidrocarburos, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los cuatro días del mes de febrero de mil novecientos setenta y siete años.

 

FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Oscar Adriázola Valda, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Carlos Calvo Galindo, Jaime Niño de Guzmán Quiroz, Julio Trigo Ramírez, Carlos Rodrigo Lea Plaza, Mario Vargas Salinas, Alfonso Villalpando Armaza, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Guido Vildoso Calderón, Santiago Maesse Roca.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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