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DECRETO SUPREMO N° 14332

GRAL. HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

CONSIDERANDO:

 

Que, la Excma. Corte Suprema de la Nación, de conformidad a las previsiones contenidas en el Decreto Ley N° 10120 de 2 de febrero de 1972, ha convocado a propuestas para la construcción del edificio de la Corte Superior del Distrito de Chuquisaca.

 

Que, habiéndose presentado a la convocatoria las Empresas Constructoras "Eial", "Olmedo", "Real", "Mariaca" y "Trasandina" la Junta de Licitaciones del Poder Judicial mediante Resolución de 29 de diciembre de 1976, adjudicó a la Empresa Constructora "Electro Ingeniería y Arquitectura Ltda." la ejecución de dicho trabajo por ser la más conveniente a los intereses de ese Alto Tribunal.

 

Que, en atención al costo de la presente adjudicación se precisa su aprobación mediante Decreto Supremo.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO PRIMERO.- Apruébase la adjudicación otorgada por la Honorable Junta de Licitaciones del Poder Judicial, en favor de la Empresa Constructora "Electro Ingeniería y Arquitectura Ltda." (EIAL), para la construcción del edificio de la Corte Superior del 'Distrito de Chuquisaca, por el precio total de trece millones, trescientos veintidos mil setecientos veinte 00/100 Pesos Bolivianos (Sb. 13.322.720).

 

ARTÍCULO SEGUNDO.- Autorízase a la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Nación, suscribir el contrato respectivo con la empresa adjudicataria, consignando las especificaciones técnicas, cláusulas de seguridad y garantías, con la concurrencia del Contralor General de la República y Fiscal de Gobierno, por ante la Notaría de Hacienda, con las formalidades de ley.

 

El señor Ministro del Interior, Migración y Justicia, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los cuatro días del mes de febrero de mil novecientos setenta y siete años.

 

FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Oscar Adriázola Valda, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Carlos Calvo Galindo, Jaime Niño de Guzmán Quiroz, Julio Trigo Ramírez, Carlos Rodrigo Lea Plaza, Mario Vargas Salinas, Alfonso Villalpando Arnez, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Guido Vildoso Calderón, Santiago Maesse Roca.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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