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DECRETO SUPREMO Nº 06722

VICTOR PAZ ESTENSSORO

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

 

CONSIDERANDO:

 

Que el Gobierno de la Revolución Nacional, se ha impuesto la tarea de dotar a todas las poblaciones del país, de los medios necesarios para la defensa de la salud de la clase trabajadora;

 

Que con este fin se halla abocado a la construcción del Hospital de Niños de la ciudad de Trinidad, a la que el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social debe cooperar proporcionándole los materiales necesarios para su conclusión;

 

Que la Caja Nacional de Seguridad Social, cuenta con materiales de construcción y otros necesarios para la construcción del Hospital de Niños, el mismo que ha sido destinado a la atención de los hijos de la clase trabajadora del Departamento del Beni; y, siendo de urgencia que los organismos del Estado presten la debida cooperación a las instituciones de preservación del capital humano;

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO ÚNICO.- Autorízase al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social y a la Caja Nacional de Seguridad Social la entrega gratuita de los siguientes materiales de construcción que tiene en sus depósitos, con destino a la conclusión del Hospital de Niños de Trinidad:

 

210 m2 de calamina

220 m2 de mosaicos

110 m. de zócalos

35 m2 de azulejos, y

Un juego completo de servicios sanitarios

 

El señor Ministro de Trabajo y Seguridad social queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz a los veinticinco días del mes de marzo de mil novecientos sesenticuatro años.

 

FDO. VICTOR PAZ ESTENSSORO, F. Iturralde Chinel, Aníbal Aguilar P., A. Cuadros Sánchez, Gral. Luis Rodríguez B., Rubén Julio C., José Antonio Arze, A. Gumucio Reyes, Egberto Ergueta Q., Ciro Humboldt B., Guillermo Ariñez, Armando Mollinedo, Guillermo Jáuregui, Jaime Otero Calderón.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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