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DECRETO SUPREMO Nº 14385

GRAL. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

CONSIDERANDO:

La solicitud formulada por el Banco Minero de Bolivia, pidiendo la aprobación de la adjudicación del contrato de consultoría y asistencia administrativa en favor de la firma, Arthur Young & Co., por un monto de CIEN MIL 00/100 DOLARES AMERICANOS (Sus. 100.000.oo), el mismo que está de acuerdo con el programa de asistencia técnica previsto en el contrato de préstamo suscrito entre el Gobierno Boliviano y el Banco Mundial en fecha 15 de octubre de 1976;

Que, la mencionada adjudicación ha sido resuelta por la Junta de Selección y Directorio del Banco Minero de Bolivia, previo cumplimiento de las demás formalidades legales establecidas por el Decreto Ley N° 13964 en fecha 17 de septiembre de 1976;

Que, de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 37° del referido Decreto Ley, la adjudicación de un contrato de consultoría o de asistencia administrativa por un monto mayor a $b. 1.200.000.oo; debe merecer la aprobación del Supremo Gobierno mediante Decreto Supremo.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

DECRETA:

ARTÍCULO ÚNICO.- Se aprueba la adjudicación del contrato de consultoría y de asistencia administrativa hecha por el Banco Minero de Bolivia en favor de la firma Arthur Young & Co., en los términos establecidos en las Resoluciones de la Junta de Selección y Directorio de dicha entidad bancaria, debiendo suscribirse el contrato correspondiente con intervención de las autoridades competentes y tomando en cuenta las previsiones legales del caso.

El señor Ministro de Estado en el Despacho de Minería y Metalurgía, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veinticinco días del mes de febrero de mil novecientos setenta y siete años.

FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Oscar Adriázola Valda, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Carlos Calvo Galindo, Jaime Niño de Guzmán Quiroz, Julio Trigo Ramirez, Carlos Rodrigo Lea Plaza, Mario Vargas Salinas, Alfonso Villalpando Armaza, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Guido Vildoso Calderón, Santiago Maesse Roca.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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