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DECRETO SUPREMO N° 14771

GRAL. HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

 

CONSIDERANDO:

 

Que, con cargo a saldos de gestión anterior, la Empresa Nacional de Fundiciones debe hacer frente al pago de una prima sobre utilidades correspondiente a la gestión fiscal de 1976, obligación que no fue posible considerarla en el Presupuesto de la gestión vigente, debido a la falta de información oportuna por el retraso sufrido en la preparación del Balance General de la Empresa.

 

Que, a la fecha la Empresa Nacional de Fundiciones declara haber generado utilidades durante la gestión de 1976, extremo este que fue verificado por la Dirección General de Presupuesto del Ministerio de Finanzas, en virtud de la facultad que le confiere la Ley del Presupuesto para controlar la ejecución presupuestaria de los organismos que componen el Sector Público.

 

Que, de conformidad a lo dispuesto por el Art. 27 del D.L. N° 14244 de 30 de diciembre de 1976, corresponde al Supremo Gobierno determinar la aprobación de un Presupuesto Adicional en favor de ENAF, con cargo a Recursos Propios, con inclusión del detalle de ingresos y egresos elaborado por la Dirección General de Presupuesto del Ministerio de Finanzas.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO ÚNICO.- Apruébase el Presupuesto Adicional de la Empresa Nacional de Fundiciones con cargo a Recursos Propios, por la suma de UN MILLON CUATROCIENTOS SESENTA Y UN MIL NOVECIENTOS 00/100 PESOS BOLIVIANOS ($b. 1.461.900.-), para su vigencia en la gestión fiscal y de acuerdo al siguiente detalle:

 

I N G R E S O S

(En Pesos Bolivianos)

 

Financiamiento por Origen de los Recursos:

 

Código

F u e n t e

Presupuesto
Adicional
1977

1

NACIONALES

1.461.900.-

5.-

Otros

1.461.900.-

5.2.

Saldo Gestión Anterior (Utilidades Gestión 1976)

1.461.900.-

 

T o t a l :

1.461.900.-

E G R E S O S

(En Pesos Bolivianis)

 

CAPITULO : FUNCIONAMIENTO

PROGRAMA 01 : Apoyo Dirección Superior

PROGRAMA 02 : Operación Fundición de Estaño

y Antimonio

 

Clasificación por Objeto del Gasto:

 

Código

D e s c r i p c i ó n

Presupuesto
Adicional
1977

100

SERVICIOS PERSONALES

1.461.900.-

110

Empleados Permanentes

1.461.900.-

115.5.2

Primas

1.461.900.-

 

T o t a l:

1.461.900.-

 

Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Finanzas y Minería y Metalurgia, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintidós días del mes de julio de mil novecientos setenta y siete años.

 

FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Oscar Adriázola Valda, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Carlos Calvo Galindo, Jaime Niño de Guzmán Quiroz, Julio Trigo Ramírez, Carlos Rodrigo Lea Plaza, Mario Vargas Salinas, Alfonso Villalpando Armaza, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Guido Vildoso Calderón, Santiago Maese Roca.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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