DECRETO SUPREMO Nº 14820
GRAL. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, la Honorable Alcaldía Municipal de Tarija ha obtenido un considerable incremento en sus ingresos por concepto de la venta de cueros vacunos hasta alcanzar el monto de $b. 1.000.000 de cuyos recursos se estima necesario autorizar la utilización de $b. 700.000.- para reforzar algunas partidas que acusan agotamiento en el presente ejercicio Fiscal, a través de un Presupuesto Adicional, en la firma señalada por el Art. 27 del D.L. N° 14244 de 30 de diciembre de 1976.
Que, la Dirección General de Presupuesto del Ministerio de Finanzas ha verificado dicho incremento de Recursos Propios y ha procedido a elaborar el pertinente detalle de ingresos y egresos del referido Presupuesto Adicional en función de las atribuciones que le confiere la Ley Financial vigente, por lo que corresponde al Poder Ejecutivo determinar su legal aprobación.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO UNICO.- Apruébase el Presupuesto Adicional de la Honorable Alcaldía Municipal de Tarija con cargo a Recursos Propios, por la suma de SETECIENTOS MIL oo/100 PESOS BOLIVIANOS ($b. 700.000.-) para su vigencia en la presente gestión fiscal y de acuerdo al siguiente detalle:
ALCALDÍA MUNICIPAL DE TARIJA
FINANCIAMIENTO: RECURSOS PROPIOS
PROGRAMA 01 : ADMINISTRACION DE SERVICIOS.-
I N G R E S O S
(En Pesos Bolivianos)
Financiamiento por Origen de los Recursos:
Código
F u e n t e
Presupuesto Adicional 1977
I
NACIONALES
700.000.-
2.-
Recursos Propios
700.000.-
Venta de Cueros Vacunos
700.000.-
T o t a l :
700.000.-
CAPITULO I : FUNCIONAMIENTO
E G R E S O S
(En Pesos Bolivianos)
Clasificacion por Objeto del Gasto:
Código
D e s c r i p c i ó n
Presupuesto Adicional 1977
100
SERVICIOS PERSONALES
150.000.-
110
Empleados Permanentes
50.000.-
116.2
Asignaciones Familiares
50.000.-
120.2
Empleados No Permanentes
100.000.-
200
SERVICIOS NO PERSONALES
150.000.-
260
Otros Servicios No Personales
150.000.-
262.2
Asignaciones Globales
150.000.-
300
MATERIALES Y SUMINISTROS
200.000.-
320
Para Usos Varios
200.000.-
325.2
Lubricantes y Combustibles
100.000.-
327.2
Construcción y Edificación
100.000.-
400
ACTIVOS FIJOS Y FINANCIEROS
100.000.-
430
Maquinaria y Equipo
100.000.-
431.2
Equipo de Oficina y Muebles
100.000.-
700
TRANSFERENCIAS
100.000.-
710
Al Sector Privado
100.000.-
711.2
Pensiones, Donaciones y Premios
100.000.-
T o t a l :
700.000.-
Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Finanzas e Interior, Migración y Justicia, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los diez días del mes de agosto de mil novecientos setenta y siete años.
FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Oscar Adriázola Valda, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Carlos Calvo Galindo, Jaime Niño de Guzmán Quiroz, Julio Trigo Ramirez, Carlos Rodrigo Lea Plaza, Mario Vargas Salinas, Alfonso Villalpando Armaza, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Guido Vildoso Calderón, Santiago Maesse Roca.