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TEXTO DE CONSULTA
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DECRETO SUPREMO N° 14832

GRAL. HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

CONSIDERANDO:

 

Que, el Centro de Investigación Agrícola Tropical (CIAT) requiere de un Presupuesto Adicional con cargo a Recursos del Tesoro Nacional para atender necesidades emergentes de la transferencia de la Estación Experimental de Saavedra y el Servicio de Extensión Agrícola de Santa Cruz, efectuada por el Ministerio de Asuntos Campesinos y Agropecuarios.

 

Que, la asignación de un soporte presupuestario al CIAT con cargo a fondos nacionales, viabilizará al mismo tiempo el uso y aplicación de fondos de procedencia externa, emergentes del Crédito IDA 561/BO Secc. 3.02 (a), en investigaciones propias de dicha Institución.

 

Que, a raíz de las consideraciones expuestas, corresponde al Gobierno de Bolivia autorizar la transferencia de $b.- 3.100.000.- para su aplicación de acuerdo al detalle de ingresos y egresos elaborado por la Dirección General de Presupuesto del Ministerio de Finanzas, correspondiendo al Poder Ejecutivo determinar su aprobación legal de acuerdo a las previsiones contenidas en el Art. 27 del D.L. N° 14244 de 30 de diciembre de 1976.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO PRIMERO.- Apruébase el Presupuesto Adicional del Ministerio de Asuntos Campesinos y Agropecuarios para el Centro de Investigación Agrícola Tropical, con cargo a Recursos del Tesoro Nacional de TRES MILLONES CIEN MIL oo/100 PESOS BOLIVIANOS ($b. 3.100.000.-) y Recursos Externos provenientes del Crédito IDA 561/B0 Secc. 3.02 (a), por la suma de DOS MILLONES oo/100 PESOS BOLIVIANOS ($b. 2.000.000.-), para su vigencia en la presente gestión fiscal y de acuerdo al siguiente detalle:

 

MINISTERIO DE ASUNTOS CAMPESINOS Y AGROPECUARIOS

 

I N G R E S O S

(En Pesos Bolivianos)

 

FINANCIAMIENTO POR ORIGEN DE LOS RECURSOS

Código

F u e n t e

Presupuesto
Adicioneal
1977

I

NACIONALES

3.100.000.-

1 .-

Tesoro Nacional

3.100.000.-

 

Total:

3.100.000.-

=========

 

E G R E S O S

(En Pesos Bolivianos)

 

CLASIFICACION POR OBJETO DEL GASTO:

 

Código

D e s c r p c i ó n

Presupuesto
Adicional
1977

700

TRANSFERENCIAS

1.100.000.-

724

TRANSFERENCIAS DE CAPITAL POR SUBVENCIONES.

1.100.000.-

 

ADMINISTRACIÓN DESCENTRALIZADA

1.100.000.-

 

Centro de Investigación Agrícola Tropical (CIAT).

1.100.000.-

800

APORTACIONES

2.000.000.-

820

APORTE LOCAL POR CONVENIO DE PRESTAMO.

2.000.000.-

822

DE CAPITAL

2.000.000.-

 

Centro de Investigación Agrícola Tropical (CIAT).

 

2.000.000.-

 

T o t a l :

3.100.000.-

=========

 

 

ARTÍCULO SEGUNDO.- El Centro de investigación Agrícola Tropical, como Organismo receptor de la anterior transferencia, se sujetará al siguiente detalle de ingresos y egresos:

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

CENTRO DE INVESTIGACION AGRICOLA TROPICAL - CIAT

 

CAPITULO II INVERSION

 

I N G R E S O S

(En Pesos Bolivianos)

 

FINANCIAMIENTO POR ORIGEN DE LOS RECURSOS:

 

 

Código

F u e n t e

Presupuesto

Adicional

1977

I

NACIONALES

3.100.000.-

4.I

TRANSFERENCIAS

3.100.000.-

 

Ministerio de Asuntos Campesinos y Agropecuarios.

3.100.000.-

II

EXTERNOS

2.000.000.-

6.-

Crédito Externo

2.000.000.-

 

Crédito IDA 561/B0 Secc. 3.02 (a)

2.000.000.-

 

T o t al :

5.100.000.-

=========

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Código

D e s c r i p c i ó n

Programa 01 Investigación Agropecuaria

Tropical

Proyecto 01 Supervisión y

Control

Proyecto 02

Investiga-

ciones

Proyecto 03
Extensión
Agrícola

200

SERVICIOS NO PERSONALES

4.080.000.-

-

4.080.000.-

-

220

Servicios de Transporte y Seguros

80.000.-

-

80.000.-

-

222.4.1

Viáticos

80.000.-

 

80.000.-

-

250

Servicios Profesionales y Comerciales

4.000.000.-

 

4.000.000.-

-

252.4.1

Estudios, Investigaciones y Proyectos

2.000.000.-

-

2.000.000.-

 

252.6

300

Estudios, Investigaciones y Proyectos

MATERIALES Y SUMINISTROS

2.000.000.-

170.000.-

-

10.000.-

 

2.000.000.-

90.000.-

-

70.000.-

320

Para Usos Varios

170.000.-

10.000.-

90.000.-

70.000.-

325.4.1 400

Lubricantes y Combustibles

ACTIVOS FIJOS Y FINANCIEROS

170.000.-

850.000.-

10.000.-

-

90.000.-

850.000.-

70.000.-

-

420.4.1

Construcciones, Reformas e Instalaciones

550.000.-

-

550.000.-

-

430

Maquinaria y Equipo

300.000.-

-

300.000.-

-

434.4.1

Equipo Médico y de Laboratorio

300.000.-

-

300.000.-

-

 

T o t a l e s :

5.100.000.-

10.000.-

5.020.000.-

70.000.-

E G R E S O S

(En Pesos Bolivianos)

CLASIFICACION POR OBJETO DEL GASTO:

 

 

 

Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Finanzas y Asuntos Campesinos y Agropecuarios, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los once días del mes de Agosto de mil novecientos setenta y siete años.

 

FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Oscar Adriázola Valda, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Carlos Calvo Galindo, Jaime Niño de Guzmán Quiroz, Julio Trigo Ramirez, Carlos Rodrigo Lea Plaza, Mario Vargas Salinas, Alfonso Villalpando Armaza, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Guido Vildoso Calderón, Santiago Maesse Roca.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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