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DECRETO SUPREMO Nº 06701

VICTOR PAZ ESTENSSORO

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

 

C O N S I D E R A N D O:

 

Que por Decreto Supremo No. 6578 de 19 de septiembre de 1963, se dispuso la intervención del Banco Comercial como emergencia del embargo de fondos en Nueva York a demanda de Deak y Cía.;

 

Que habiendo desaparecido los principales motivos que determinaron dicha intervención corresponde suspenderla.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

D E C R E T A:

 

ARTÍCULO ÚNICO.- Se derogan los artículos 1º y 2º del Decreto Supremo No. 6578 de 19 de septiembre de 1963, relativos a la intervención del Banco Comercial en su Oficina principal de La Paz y Sucursal de Santa Cruz.

 

El señor Ministro de Hacienda, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los diez días del mes de marzo de mil novecientos sesenta y cuatro años.

 

FDO. VICTOR PAZ ESTENSSORO, A. Cuadros Sánchez, Rubén Julio C., A. Gumucio Reyes, Guillermo Ariñez, Ciro Humboldt B., Egberto Ergueta Q., Guillermo Jáuregui, Jaime Otero C.

 

 

 

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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