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DECRETO SUPREMO N° 14884

GRAL. HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

 

CONSIDERANDO:

 

La solicitud de la Empresa Nacional de Fundiciones para que se apruebe adjudicación en favor de Empresas Constructoras Asociadas Cruceña Ltda., Inco. Ltda., y Minerva Ltda., para la construcción de las fundiciones para las Estructuras de los Edificios de las Naves de Fundición, Refinación, Peletización y Hall Aledaño de la Fundición de Estaño de Baja Ley a instalarse en Vinto, Oruro;

 

Que, habiéndose convocado a la Licitación N° 6/77 para la construcción de las fundaciones para las Estructuras de los Edificios de las Naves de Fundición, Refinación, Peletización y Hall Aledaño de la Fundición de Estaño de Baja Ley en el Complejo Metalúrgico de Vinto, Oruro, la Junta de Almonedas de ENAF en su reunión de fecha 20 de julio de 1977, adjudicó dicha licitación en favor de Empresas Constructoras Asociadas Cruceña Ltda. INCO Ltda. y MINERVA Ltda., por la suma de $b. 10.871.252- como valor total unitario de los precios invariables de su propuesta, requiriéndose de acuerdo a ley su aprobación para fines consiguientes;

 

Que, habiéndose cumplido con todos los trámites legales corresponde dictarse el respectivo Decreto aprobatorio, de acuerdo a lo previsto por el D.L. N° 14244 de 30 de diciembre de 1976.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO ÚNICO.- Apruébase la adjudicación en favor de EMPRESAS CONSTRUCTORAS ASOCIADAS CRUCEÑA LTDA., INCO LTDA., y MINERVA LTDA., efectuada por la Junta de Almonedas de ENAF para la construcción de las Fundaciones para las Estructuras de los Edificios de las Naves de Fundición, Refinación, Peletización y Hall Aledaño de la Fundición de Estaño de Baja Ley a instalarse en Vinto, Oruro por el precio total de $b. 10.871.252.- debiendo suscribirse el respectivo contrato.

 

Los señores Ministros de Estado en sus Respectivos Despachos, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a las dos dias del mes de septiembre de mil novecientos setenta y siete años.

FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Oscar Adriázola Valda, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Carlos Calvo Galindo, Jaime Niño de Guzmán Quiroz, Julio Trigo Ramirez, Carlos Rodrigo Lea Plaza, Mario Vargas Salinas, Alfonso Villalpando Armaza, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Guido Vildoso Calderón, Santiago Maesse Roca.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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