DECRETO SUPREMO N° 14943
GRAL. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O:
Que, es deber del Supremo Gobierno determinar la aprobación de un Presupuesto Adicional con cargo a recursos del Tesoro Nacional, por la suma de $b. 800.000.-, en favor del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, con el fin de cumplir la contraparte nacional del Convenio internacional Bol 74/03, suscrito con el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo;
Que, de acuerdo a los términos establecidos en el mencionado Convenio, el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo ha contraído la obligación de efectuar el aporte de $us. 118.600.- equivalente a $b. 2.372.000.-, monto que unido a la contraparte nacional arrojan un total de $b. 3.172.000.-, los mismos que deben ser canalizados a través del referido Presupuesto Adicional, para su respectiva aplicación.
Que, en virtud de la facultad otorgada por el Art. 27 del D.L. N° 14244 de 30 de diciembre de 1976, la Dirección General de Presupuesto del Ministerio de Finanzas, ha elaborado el pertinente detalle de ingresos y egresos, correspondiéndole al Poder Ejecutivo determinar su aprobación legal.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A:
ARTÍCULO ÚNICO.- Apruébase el Presupuesto Adicional del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, con cargo a recursos del Tesoro Nacional y aporte del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo, por la suma de TRES MILLONES CIENTO SETENTA Y DOS MIL 00/100 PESOS BOLIVIANOS ($b 3.172.000.-), para su vigencia en la presente gestión fiscal y de acuerdo al siguiente detalle:
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
PROGRAMA 01 : POLITICA EXTERIOR
I N G R E S O S
(En Pesos Bolivianos)
Financiamiento por Origen de los Recursos:
Código
F u e n t e
Presupuesto
Adicional
1 9 7 7
I
NACIONALES
800.000.-
1.-
Tesoro Nacional
800.000.-
II
EXTERNOS
2.372.000.-
7.-
Otros
Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo - Convenio Bol /74/003
2.372.000.-
Total:
3.172.000.-
========
E G R E S O S
(En Pesos Bolivianos)
Clasificación por objeto del Gasto:
Código
D e s c r i p c i ó n
Presupuesto
Adicional
1 9 7 7
100
SERVICIOS PERSONALES
1.135.000.-
120
Empleados No Permanentes
100.000.-
120.7
Empleados No Permanentes
1.035.000.-
200
SERVICIOS NO PERSONALES
1.147.000.-
210
Servicios Básicos
50.000.-
213
Publicidad e Imprenta
50.000.-
220
Servicios de Transporte y Seguros
400.000.-
221.7
Pasajes
160.000.-
222.7
Viáticos
240.000.-
240
Mantenimiento y Reparaciones
20.000.-
241
Edificios y Equipos
20.000.-
250
Servicios Profesionales y Comerciales
600.000.-
252
Estudios, investigaciones y Proyectos
100.000.-
252.7
Estudios, Investigaciones y Proyectos
500.000.-
260
Otros Servicios No Personales
77.000.-
262.7
Asignaciones Globales
77.000.-
300
MATERIALES Y SUMINISTROS
130.000.-
310
Para Oficina
30.000.-
311
Papelería y Suministros Varios
30.000.-
320
Para Usos Varios
100.000.-
322
Vestuario y Textiles
100.000.-
400
ACTIVOS FIJOS Y FINANCIAMIENTOS
760.000.-
430
Maquinaria y Equipo
760.000.-
431
Equipo de Oficina y Muebles
400.000.-
431.7
Equipo de Oficina y Muebles
360.000.-
T o t a l :
3.172.000.-
=========
Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Finanzas y Relaciones Exteriores y Culto, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintinueve días del mes de septiembre de mil novecientos setenta y siete años.
FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Carlos Calvo Galindo, Jaime Niño de Guzmán Quiroz, Julio Trigo Ramirez, Carlos Rodrigo Lea Plaza, Mario Vargas Salinas, Alfonso Villalpando Armaza, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Guido Vildoso Calderón, Santiago Maesse Roca.