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DECRETO SUPREMO N° 14942

GRAL. HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

C O N S I D E R A N D O:

 

Que, la Honorable Alcaldía Municipal de Cochabamba ha obtenido un apreciable incremento en sus ingresos durante el primer semestre de la presente gestión fiscal, que le permiten superar en varios rubros los montos originalmente aprobado en su Presupuesto vigente. estimándose que tales excedentes de recaudaciones constituyen recursos suficientes para solventar un Presupuesto Adicional por $b. 614.100.-, destinados a reforzar algunas partidas de Servicios Personales en los Programas 01 "Administración General", 02 "Obras Públicas Municipales" y 03 "Equipamiento".

 

Que, dado el volúmen de obras que se ejecutan a cargo de la Alcaldía Municipal de Cochabamba, este organismo requiere del concurso efectivo de profesionales y técnicos con formación adecuada, para cuyo objeto se hace indispensable racionalizar su planilla presupuestaria en la forma más adecuada a los fines de garantizar la permanencia de su personal técnico idóneo.

 

Que, en virtud de las necesidades expuestas, y en previsión de la facultad otorgada por el Art. 27 del D.L. N° 14244 de 30 de diciembre de 1976, la Dirección General de Presupuesto del Ministerio de Finanzas, ha elaborado el respectivo detalle de ingresos y egresos, correspondiéndole al Poder Ejecutivo determinar la aprobación del referido Presupuesto Adicional.

 

MINISTERIO DE FINANZAS,

 

D E C R E T A:

 

ARTÍCULO ÚNICO.- Apruébase el Presupuesto Adicional de la Honorable Alcaldía Municipal de Cochabamba, con cargo a Recursos Propios, por la suma de SEISCIENTOS CATORCE MIL CIEN 00/100 PESOS BOLIVIANOS ($b. 614.100.-), para su vigencia en la presente gestión fiscal y de acuerdo al siguiente detalle:

 

I N G R E S O S

(En Pesos Bolivianos)

 

Financiamiento por Origen de los Recursos:

Código

F u e n t e

Presupuesto
Adicional

1 9 7 7

I

NACIONALES

614.100.-

2.-

Recursos Propios

614.100.-

 

Total:

614.100.-

=======

E G R E S O S

( En Pesos Bolivianos)

 

PROGRAMA 01 : ADMINISTRACION GENERAL

CAPITULO : FUNCIONAMIENTO

 

Clasificación por Objeto del Gasto:

Código

D e s c r i p c i ó n

Presupuesto
Adicional

1 9 7 7

100

SERVICIOS PERSONALES

593.000.-

110

Empleados Permanentes

512.500.-

113.2

Bonificaciones

473.000.-

114.2

Aguinaldos

39.500.-

130

Previsión Social

80.500.-

131.2

Aporte Patronal al Seguro Social ( CNSS.)

56.800.-

 

Fondo Complementario Municipal

14.200.-

132.2

Aporte Patronal para Vivienda ( CONAVI )

9.500.-

 

T o t a l :

593.000.-

========

 

PROGRAMA 02 : OBRAS PUBLICAS MUNICIPALES

CAPITULO: I N V E R S I O N

 

Clasificación por Objeto del Gasto:

Código

Descripción

Presupuesto
Adicional
1 9 7 7

100

SERVICIOS PERSONALES

13.000.-

110

Empleados Permanentes

11.300.-

113.2

Bonificaciones

9.500.-

114.2

Aguinaldos

 

 

1.800.-

130

Previsión Social

1.700.-

131.2

Aporte Patronal al Seguro Social (CNSS.)

1.200.-

 

Fondo Complementario Municipal

300.-

132.2

Aporte Patronal para Vivienda

( CONAVI)

 

200.-

 

T o t a l :

13.000.-

======

 

 

PROGRAMA 03 :

EQUIPAMIENTO

100

SERVICIOS PERSONALES

8.100.-

110

Empleados Permanentes

7.200.-

113.2

Bonificaciones

4.800.-

114.2

Aguinaldos

2.400.-

130

Previsión Social

900.-

131.2

Aporte Patronal al Seguro Social (CNSS.)

 

600.-

 

Fondo Complementario Municipal

200.-

132.2

Aporte Patronal para Vivienda (CONAVI).

 

100.-

 

T o t a l :

8.100.-

 

TOTAL GENERAL:

614.100.-

========

 

Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Finanzas e Interior, Migración y Justicia, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintinueve días del mes de septiembre de mil novecientos setenta y siete años.

 

FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Carlos Calvo Galindo, Jaime Niño de Guzmán Quiroz, Julio Trigo Ramirez, Carlos Rodrigo Lea Plaza, Mario Vargas Salinas, Alfonso Villalpando Armaza, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Guido Vildoso Calderón, Santiago Maesse Roca.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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