TEXTO DE CONSULTA
Gaceta Oficial del Estado Plurinacional de Bolivia
Derechos Reservados © 2025

Untitled Document

DECRETO SUPREMO N° 14939

GRAL. HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

 

C O N S I D E R A N D O:

 

Que, de acuerdo a la evaluación financiera practicada por el Ministerio de Finanzas, la Empresa Local de Agua Potable y Alcantarillado de Sucre (ELAPAS) se encuentra en situación deficitaria que le imposibilitan cubrir los gastos de reparación y desviación del Canal de Ravelo, que constituye la infraestructura fundamental del suministro de agua potable a la ciudad de Sucre, careciendo además de los recursos necesarios para adquirir los repuestos necesarios para la Planta de Tratamiento.

 

Que, la falta de capacidad económica de ELAPAS determinaría el riesgo de suspensión del servicio de agua potable en la capital de la República, razón suficiente para otorgarle un soporte presupuestario encaminado a encarar los gastos de reparación y desviación de túneles en el Canal de Ravelo y adquisición de repuestos destinados a la Planta de Tratamiento a través de un Presupuesto Adicional de $b. 1.500.000.- con cargo a fondos del Tesoro Nacional.

 

Que, en atención a las justificaciones expuestas y en observancia de lo prescrito por el Art. 27 del D.L. N° 14244 de 30 de diciembre de 1976, la Dirección General de Presupuesto del Ministerio de Finanzas ha elaborado el respectivo detalle de ingresos y egresos, correspondiéndole al Poder Ejecutivo determinar la aprobación legal del referido Presupuesto a través del Ministerio de Urbanismo y Vivienda.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

D E C R E T A:

 

ARTÍCULO PRIMERO.- Apruébase el Presupuesto Adicional del Ministerio de Urbanismo y Vivienda para la Empresa Local de Agua Potable y Alcantarillado de Sucre, con cargo a fondos del Tesoro Nacional por la suma de UN MILLON QUINIENTOS MIL 00/100 PESOS BOLIVIANOS ($b. 1.500.000.-) , para su vigencia en la presente gestión fiscal y de acuerdo al siguiente detalle:

 

MINISTERIO DE URBANISMO Y VIVIENDA

I N G R E S O S
(En Pesos Bolivianos)

Financiamiento por Origen de los Recursos:

Código

Fuente

 

Presupuesto
Adicional
1977

I

NACIONALES

1.500.000.-

1.—

Tesoro Nacional

1.500.000.-

 

T o t a l :

1.500.000.-

========

 

Clasificación por Objeto del Gasto:

Código

D e s c r i p c i ó n

Presupuesto
Adicional
1977

700

TRANSFERENCIAS

1.500.000.-

720

Al sector Púbilco

1.500.000.-

722

Transferencias Corrientes por

Subsidios o Subvenciones

 

 

Administración Descentralizada

 

 

2.— Instituciones Públicas

 

 

Empresa Local de Aguas Potables y Alcantarillado de Sucre.

1.500.000.-

 

T o t a l :

1.500.000.-

=========

 

ARTÍCULO SEGUNDO.- La Empresa Local de Aguas Potables y Alcantarillado de Sucre, como Organismo receptor de la anterior transferencia, se sujetará a la siguiente relación de ingresos y Egresos:

 

CAPITULO DE FUNCIONAMIENTO

PROGRAMA 01: ACUEDUCTOS Y ALCANTARILLADO

 

I N G R E S O S
(En Pesos Bolivianos)

 

Financiamiento por Origen de los Recursos:

Código

F u e n t e

Presupuesto
Adicional
1977

I

NACIONALES

1.500.000.-

4.—

Transferencias

Por Subsidios o Subvenciones

1.500.000.-

 

Ministerios de Estado,

 

 

Ministerio de Urbanismo y Vivienda

1.500.000.-

 

T o t a l :

1.500.000.-

=========

 

E G R E S O S
(En Pesos Bolivianos)

Clasificación por Objeto del Gasto:

Código

D e s c r i pc i ó n

Presupuesto
Adicional
1977

300

MATERIALES Y SUMINISTROS

600.000.-

320

Para Usos Varios

600.000.-

326.4

Accesorios, Repuestos y

Herramientas Menores

 

600.000.-

400

ACTIVOS FIJOS Y

FINANCIEROSCIEROS

900.000.-

420.4

Construcciones, Reformas e Instalaciones

900.000.-

 

Total:

1.500.000.-

========

 

Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Finanzas y Urbanismo y Vivienda, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de ciudad de La Paz, a los veintinueve días del mes de septiembre de mil novecientos setenta y siete años.

 

FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Jaime Niño de Guzmán Quiroz, Julio Trigo Ramirez, Carlos Rodrigo Lea Plaza, Mario Vargas Salinas, Alfonso Villalpando Armaza, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Guido Vildoso Calderón, Santiago Maesse Roca.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

TEXTO DE CONSULTA
Gaceta Oficial del Estado Plurinacional de Bolivia
Derechos Reservados © 2021

|