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DECRETO SUPREMO N° 14954

GRAL. HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

 

C O N S I D E R A N D O:

 

Que, el Comando General de la Fuerza Aérea Boliviana es propietaria de los terrenos situados en la Av. Hernando Siles esquina Calle 1-Zona de Obrajes, cuyas medidas, superficies y niveles se determinan en el plano respectivo.

 

Que, es necesario que la FUERZA AEREA BOLIVIANA cuente con instalaciones destinadas al "Círculo Aeronáutico" para llenar las necesidades sociales de los señores Jefes y Oficiales de la Institución.

 

Que, con esta finalidad el Comando General de la Fuerza Aérea Boliviana en fecha 30 de abril de 1976, invitó a través de la prensa local a las Empresas Consultoras y Profesionales Arquitectos a concursar en el anteproyecto del Círculo Aeronáutico con sede en la ciudad de La Paz.

 

Que, previas las formalidades del caso y la correspondiente calificación, se eligió como ganador del concurso al Anteproyecto presentado por la Empresa Consultora SICO "Sociedad de Ingenieros Consultores".

 

Que, siendo de urgente necesidad la ejecución inmediata de la obra y tomando en cuenta que la construcción será encargada con recursos propios de la Institución que no afectan el Presupuesto Nacional, corresponde su autorización legal.

 

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

D E C R E T A:

 

ARTÍCULO 1.- Autorízase al Comando General de la Fuerza Aérea Boliviana, llamar a concurso por invitación a las diferentes firmas constructoras de primera categoría, debidamente establecidas en el país, para la construcción de la Sede Social del Círculo Aeronáutico en la Zona de obrajes de esta ciudad, de acuerdo a los planos y pliegos de especificaciones técnicas que deberán entregarse para este efecto.

 

ARTÍCULO 2.- El importe del costo de la obra de construcción será cubierto con recursos propios de la Fuerza Aérea Boliviana.

 

El señor Ministro de Estado en el Despacho de Defensa Nacional, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los siete días del mes de octubre de mil novecientos setenta y siete años.

 

FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Oscar Adriázola Valda, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Carlos Calvo Galindo, Jaime Niño de Guzmán Quiroz, Julio Trigo Ramirez, Carlos Rodrigo Lea Plaza, Alfonso Villalpando Armaza, Mario Vargas Salinas, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Guido Vildoso Calderón, Santiago Maesse Roca.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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