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DECRETO SUPREMO N° 14952

GRAL. HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

 

C O N S I D E R A N D O:

 

Que la Junta Nacional de Acción Social cuenta con un superávit de ingresos por concepto del 1% sobre Primas y Aguinaldos calculados al 31 de diciembre de 1977, en relación al monto estimado en el Presupuesto de la presente gestión, que le permiten financiar un Presupuesto Adicional por la suma de $b. 2.842.200.- destinado a sufragar gastos emergentes del cumplimiento del D.S. N° 12300 que entre otras funciones le encomienda la tarea de habilitar y rehabilitar adultos y menores que se encuentran al margen de la educación común, importando esta misión la necesidad de contratar personal no permanente y el cumplimiento de labores extraordinarias no previstas en su prespuesto vigente.

 

Que, la Dirección General de Presupuesto del Ministerio de Finanzas, previo análisis de las labores extraordinarias encomendadas a la Junta Nacional de Acción Social, ha elaborado el respectivo detalle de ingresos y egresos, correspondiéndole al Poder Ejecutivo determinar la aprobación del referido Presupuesto Adicional con cargo a Recursos Propios.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

D E C R E T A:

 

ARTÍCULO ÚNICO.- Apruébase el Presupuesto Adicional de la Junta Nacional de Acción Social con cargo a Recursos Propios, por la suma de DOS MILLONES OCHOCIENTOS CUARENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS 00/100 PESOS BOLIVIANOS ($b. 2.842.200.-), con cargo a Recursos Propios y vigencia en la presente gestión fiscal, de acuerdo al siguiente detalle:

 

CAPITULO DE FUN CIONAMIENTO PROGRAMA 01 : ACCION SOCIAL

SUBPROGRAMA 01 : Política y Administración General

 

I N G R E S O S

(En Pesos Bolivianos)

 

Financiamiento por Origen de los Recursos:

 

Código

F u e n t e

Presupuesto
Adicional

1 9 7 7

I

NACIONALES

2.842.200.-

5.-

Otros

2.842.200.-

5.1

Recaudaciones Especiales

2.842.200.-

 

Total:

2.842.200.-

========

 

E G R E S O S

(En Pesos Bolivianos)

 

Clasificación del Programa por objeto del Gasto:

Código

D e s c r i p c i ó n

Presupuesto

Adicional

1 9 7 7

100

SERVICIOS PERSONALES

1.521.000.-

120.5.1

Empleados No Permanentes

1.521.000.-

200

SERVICIOS NO PERSONALES

421.000. -

260

Otros Servicios No Personales

421.000. -

262.5.1

Asignaciones Globales

421.000. -

 

300

MATERIALES Y SUMINISTROS

369.600.-

320

Para Usos Varios

369.600.-

323.5.1

Alimentos

287.300.-

327.5.1

Construcción y Edificación

82.300.-

400

ACTIVOS FIJOS Y FINANCIEROS

530.600.-

430

Maquinaria y Equipo

530.600.-

431.5.1

Equipo de Oficina y Muebles

530.600.-

 

Total:

2.842.200.-

=========

 

El señor Ministro de Estado en el Despacho de Finanzas, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los treinta días del mes de septiembre de mil novecientos setenta y siete años.

 

FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Jaime Niño de Guzmán Quiroz, Julio Trigo Ramirez, Carlos Rodrigo Lea Plaza, Mario Vargas Salinas, Alfonso Villalpando Armaza, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Guido Vildoso Calderón, Santiago Maesse Roca.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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