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DECRETO SUPREMO Nº 14974

GRAL. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

 

CONSIDERANDO:

 

Que, el Presupuesto de Organismos Internacionales, dependiente del Ministerio de Finanzas, requiere de un soporte presupuestario adicional con el fin de cumplir obligaciones derivadas de cuotas regulares por la presente gestión, que nuestro país debe aportar como estado miembro del Convenio "Hipólito Unanue"

 

Que, la Dirección General de Presupuesto del Ministerio de Finanzas, ha verificado la insuficiencia de saldos líquidos disponibles de Organismos internacionales para atender la indicada obligación por lo que se justifica plenamente la procedencia de un Presupuesto Adicional por $b. 581.400.-, con cargo a recursos del Tesoro Nacional.

 

Que, habiéndose elaborado el respectivo detalle de ingresos y egresos por el Ministerio de Finanzas, previa compulsa de antecedentes, corresponde al poder Ejecutivo determinar su aprobación legal en la forma prevista por el Art. 27 del D.L. N° 14244 de 30 de diciembre de 1976.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO ÚNICO.- Apruébase el Presupuesto Adicional de Organismos Internacionales, con cargo a recursos del Tesoro Nacional, por la suma de QUINIENTOS OCHENTA Y UN MIL CUATROCIENTOS 00/100 PESOS BOLIVIANOS ($b. 581.400.-), con cargo a recursos del Tesoro Nacional y vigencia en la presente gestión Fiscal, de acuerdo al siguiente detalle:

 

 

ORGANISMO : ORGANISMOS INTERNACIONALES

 

PROGRAMA 01 : APOR TES A ORGANISMOS INTERNACIONALES

 

CAPITULO 1 : FUNCIONAMIENTO

INGRESOS

(En Pesos Bolivianos)

Financiamiento por Origen de los Recursos:

 

Cóidogo

Fuente

Presupuesto

Adicional

1977

I

NACIONALES

581.400.-

1. -

Tesoro Nacional

581.400.-

 

T o t a l :

581.400.-

=======

 

EGRESOS

 

 

(En Pesos Bolivianos)

 

Clasificación del Programa por objeto del Gasto:

 

 

 

Presupuesto

Código

Descripción

Adicional

 

 

1977

800

APORTACIONES

581.400.-

810

A Organismos Internacionales

581.400.-

811

Cuotas Regulares

581.400.-

 

T o t al:

581.400.-

=======

 

El señor Ministerio de Estado en el Despacho de Finanzas, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los siete días del mes de octubre de mil novecientos setenta y siete años.

 

FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Oscar Adriázola Valda, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Carlos Calvo Galindo, Jaime Niño de Guzmán Quiroz, Julio Trigo Ramirez, Carlos Rodrigo Lea Plaza, Mario Vargas Salinas, Alfonso Villalpando Armaza, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Guido Vildoso Calderón, Santiago Maesse Roca.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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