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LEY N° 2793

LEY DE 5 DE AGOSTO DE 2004

 

CARLOS D. MESA GISBERT

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

 

Por cuanto el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

 

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

 

D E C R E T A :

 

ARTICULO 1°.- Declárase de prioridad nacional y necesidad regional, el diseño y construcción del puente sobre el río Cotacajes, en el tramo que conecta la carretera Cotacajes – Arcopongo, en el Municipio de Inquisivi, Provincia Inquisivi del Departamento de La Paz.

 

ARTICULO 2°.- Se dispone que el Poder Ejecutivo, mediante la Prefectura del Departamento de La Paz, programe recursos económicos suficientes, a través de su Plan Operativo Anual de la gestión correspondiente, asumiendo la responsabilidad de la ingeniería y diseño final de ejecución del proyecto establecido en la presente Ley.

 

Remítase al Poder Ejecutivo, para fines Constitucionales.

 

Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los veintiocho días del mes de julio de dos mil cuatro años.

 

Fdo. Hormando Vaca Diez Vaca Diez, Oscar Arríen Sandoval, Enrique Urquidi Hodgkinson, Juan Luis Choque Armijo, Roberto Fernández Orosco, Fernando Rodríguez Calvo.

 

Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.

Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los cinco días del mes de agosto de dos mil cuatro años.

 

FDO. CARLOS D. MESA GISBERT, José Antonio Galindo Neder.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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