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DECRETO SUPREMO Nº 06678

VÍCTOR PAZ ESTENSSORO

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA Y

GRAN MAESTRE DE LA ORDEN NACIONAL DEL

“CÓNDOR DE LOS ANDES”

 

 

CONSIDERANDO:

 

Que los Decretos de 29 de octubre de 1929 y 17 de julio de 1947, disponen que la Condecoración de la Orden Nacional del “Cóndor de los Andes” creada por Decreto Supremo de 18 de abril de 1925, puede ser otorgada a ciudadanos e instituciones de Bolivia que hayan prestado servicios a la Nación y contribuído a su constante progreso.

 

Que es deber del Gobierno de la Revolución Nacional, como intérprete de la voluntad popular, estimular los merecimientos de quienes sirven a la colectividad.

 

Que la Asociación de Fútbol de La Paz, al cumplir sus Bodas de Oro, se hace merecedora a una distinción especial de la República, por su perseverante contribución en bien del deporte nacional y la formación de la juventud.

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO ÚNICO.- Confiérese la Condecoración de la Orden Nacional del “Cóndor de los Andes” en el Grado de COMENDADOR a la Asociación de Fútbol de La Paz.

 

El señor Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores y Culto, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintiún días del mes de febrero de mil novecientos sesenta y cuatro años.

 

FDO. VÍCTOR PAZ ESTENSSORO, Fernando Iturralde Chinel.

 

 

 

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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