TEXTO DE CONSULTA
Gaceta Oficial del Estado Plurinacional de Bolivia
Derechos Reservados © 2025

Untitled Document

DECRETO SUPREMO N° 20894

HERNAN SILES ZUAZO

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

 

C O N S I D E R A N D O:

 

Que la Comisión Nacional Agraria ha solicitado ampliación del plazo que se le concedió por decreto supremo 20805 de 16 de mayo de 1985, para actualizar y complementar las disposiciones legales dictadas en la materia, incluyendo la revisión del proyecto de Ley de Reforma Agraria actualizada e informe final.

 

Que el plazo de diez días que se le concedió ha resultado evidentemente insuficiente, por la complejidad y trascendencia del trabajo, siendo necesario y de equidad ampliarlo, a fin que la mencionada Comisión cumpla plenamente su importante misión.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

D E C R E T A:

 

ARTÍCULO ÚNICO.- Amplíase hasta el 25 de julio de 1985 el plazo concedido a la Comisión Agraria Nacional, mediante decreto supremo 20805 de 16 de mayo de 1985, para el cumplimiento de los objetivos de su creación, incluida la revisión del proyecto de Ley de Reforma Agraria actualizada e informe final respectivo.

 

El señor Ministro de Estado en el Despacho de la Secretaría General de la Presidencia de la República queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente decreto supremo.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintisiete días del me de junio de mil novecientos ochenta y cinco años.

 

FDO. HERNAN SILES ZUAZO, Edgar Camacho O., Gustavo Sánchez S., Elías Gutiérrez A., Francisco Belmonte C Freddy Justiniano F., César Chaves T., Hernando Poppe M., Javier Torrez G., Gabriel Porcel S., Luis Pommier G., Guillermo Moscoso R., Adhemar Velarde O., Emilio Ascarrunz P., Oscar Villa U., Percy Camacho F., Percy Fernandez A.

 

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

TEXTO DE CONSULTA
Gaceta Oficial del Estado Plurinacional de Bolivia
Derechos Reservados © 2021

|