TEXTO DE CONSULTA
Gaceta Oficial del Estado Plurinacional de Bolivia
Derechos Reservados © 2025

Untitled Document

DECRETO SUPREMO N° 11372

GRAL. HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

C O N S I D E R A N D O :

 

Que, las Fuerzas Armadas de la Nación requieren con urgencia de un lote de terreno para la construcción de la Escuela Naval Militar, y es deber del Supremo Gobierno atender las necesidades vitales de la Institución Armada;

 

Que, el Ministerio de Asuntos Campesinos y Agropecuarios, dentro de las dependencias que tiene en la zona de Següencoma, dispone de un lote de terreno que se encuentra sin edificación alguna, y cuyas características satisfacen plenamente las necesidades de la Fuerza Naval sin afectar el normal funcionamiento del Ministerio de Asuntos Campesinos y Agropecuarios;

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

D E C R E T A :

 

ARTÍCULO ÚNICO.- Se autoriza al Ministerio de Asuntos Campesinos y Agropecuarios para transferir, con carácter definitivo y a título gratuito, a las Fuerzas Armadas de la Nación, a través del Ministerio de Defensa Nacional, un lote de terreno de 10.462 metros cuadrados de extensión en la zona de Següencoma, con destino a la construcción del edificio propio de la Escuela Naval Militar. La transferencia que se autoriza deberá ser perfeccionada con la suscripción de la escritura correspondiente y queda libre de todo impuesto nacional, departamental y municipal.

 

Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Asuntos Campesinos y Agropecuarios, de Defensa Nacional y de Finanzas, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los siete días del mes de marzo de mil novecientos setenta y cuatro años.

 

FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Alberto Guzmán Soriano, Juan Pereda Asbún, Jaime Florentino Mendieta Vargas, Jaime Quiroga Mattos, Mario Serrate Ruíz, Ambrosio García Rivera, Miguel Ayoroa Montaño, Luis Leigue Suárez, Raúl Lema Patiño, Alberto Natusch Busch, Guillermo Bulacia Salek, Guillermo Jiménez Gallo, Germán Azcárraga Jiménez, Sergio Otero Gómez, Roberto Capriles Gutiérrez.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

TEXTO DE CONSULTA
Gaceta Oficial del Estado Plurinacional de Bolivia
Derechos Reservados © 2021

|