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DECRETO SUPREMO N° 11371

GRAL, HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

C O N S I D E R A N D O :

 

Que, con expresa autorización del Supremo Gobierno en fecha 16 de enero de 1974 ha sido suscrito el “Convenio de Crédito de Fomento” por el cual la Asociación Internacional de Fomento otorga un crédito de seis millones doscientos mil dólares americanos ($us. 6.200.000.-) al Gobierno de Bolivia con destino al proyecto de crédito minero.

 

Que, asimismo en la misma fecha ha sido suscrito el Convenio Subsidiario al Préstamo por el cual el Gobierto de Bolivia transfiere al Banco Industrial S.A. (BISA) parte de los recursos provenientes del Convenio de Crédito de Fomento N° 455-BO.

 

Que, corresponde ratificar la suscripción de ambos documentos por los personeros autorizados en la forma y contenido de su redacción;

 

EN CONSEJO DE MINISTROS Y CON DICTAMEN

AFIRMATIVO DEL CONSEJO NACIONAL

DE ECONOMIA Y PLANIFICACION,

 

D E C R E T A :

 

ARTÍCULO PRIMERO.- Se aprueba y ratifica la firma del “Convenio de Crédito de Fomento” N° 455-BO suscrito el día 18 de enero de 1974, entre el Gobierno de Bolivia, representado por el señor Embajador ante el Gobierno de los Estados Unidos de Norte América General Edmundo Valencia Ibáñez y la Asociación Internacional de Fomento (IDA), representada por el señor Gerald Alter, Vice-presidente Regional para América Latina y el Caribe.

 

ARTÍCULO SEGUNDO.- Se aprueba y ratifica el Convenio Subsidiario de Préstamo suscrito entre la República y el Banco Industrial S.A. (BISA) así como el Convenio de Proyecto suscrito entre la Asociación Internacional de Fomento (IDA) y el Banco Industrial S.A. (BISA).

 

Los señores Ministros de Finanzas y Minería y Metalurgia, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los siete días del mes de marzo de mil novecientos setenta y cuatro años.

 

FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Alberto Guzmán Soriano, Juan Pereda Asbún, Jaime Florentino Mendieta Vargas, Jaime Quiroga Mattos, Mario Serrate Ruíz, Ambrosio García Rivera, Miguel Ayoroa Montaño, Luis Leigue Suárez, Raúl Lema Patiño, Alberto Natusch Busch, Guillermo Bulacia Salek, Guillermo Jiménez Gallo, Germán Azcárraga Jiménez, Sergio Otero Gómez, Roberto Capriles Gutiérrez.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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