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DECRETO SUPREMO N° 11342

GRAL. HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

C O N S I D E R A N D O :

 

Que, las Universidades San Francisco Xavier de Chuquisaca, San Simón de Cochabamba, Tomás Frías de Potosí, Técnica de Oruro, Gabriel René Moreno de Santa Cruz, Juan Misael Saracho de Tarija y José Ballivián del Beni, se ven imposibilitadas de cumplir sus obligaciones por concepto de Servicios Personales por el mes de diciembre de 1973 y el aguinaldo de la misma gestión, debido a dificultades en la normal recaudación de sus impuestos destinados y recursos propios.

 

Que, a fin de solventar esta situación y no habiéndose tramitado oportunamente la liquidación ante el Ministerio de Fianzas sus rentas destinadas correspondiente a las gestiones de 1971 y 1972, se hace necesario otorgar un anticipo a dichas Casas Superiores de Estudio, con cargo a posterior reconocimiento de crédito.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

D E C R E T A :

 

ARTÍCULO PRIMERO.- Autorízase al Ministerio de Finanzas, para que por intermedio del Tesoro General de Nación otorgue en calidad de anticipos la suma de DOCE MILLONES SETECIENTOS MIL 00/100 PESOS BOLIVIANOS ($b. 12.700.000.-), en favor de las Universidades del país, con cargo a liquidaciones posteriores de sus rentas destinadas por las gestiones de 1971 y 1972, debiendo imputarse a “Créditos Reconocidos” del Presupuesto del Ministerio de Finanzas, gestión Fiscal de 1974, de acuerdo a la siguiente relación.

 

Universidad Mayor de San

 

Francisco Xavier

2.000.000.-

Universidad Mayor de San Simón

3.200.000.-

Universidad Tomás Frías

1.600.000.-

Universidad Técnica de Oruro

2.100.000.-

Universidad Gabriel Rene Moreno

1.700.000.-

Universidad Misael Saracho

1.600.000.-

Universidad José Ballivián

500.000.-

Total:

12.700.000.-

 

ARTÍCULO SEGUNDO.- Se homologa lo dispuesto en la R. M. No. 1694 de 21 diciembre de 1973 por la que se concedía en las mismas condiciones la suma de $b. 3.700.000 en favor de la Universidad Mayor de San Andrés.

 

El señor Ministro de Estado en el Despacho de Finanzas, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los ocho días del mes de febrero de mil novecientos setenta y cuatro años.

 

FDO. GRAL HUGO BANZER SUAREZ, Alberto Guzmán Soriano, Walter Castro Avendaño, Jaime Mendieta Vargas, Jaime Quiroga Matos, Germán Azcárraga Jiménez, Ambrosio García Rivera, Luis Leigue Suárez, Mario Serrate Ruíz, Alfredo Franco Guachalla, Alberto Natusch Busch, Ramón Azoro Sanzetenea, Roberto Capriles, Raúl Lema Patiño, Juan Pereda Asbún, Guillermo Bulacia Salek, Sergio Otero Gómez, Waldo Cerruto Calderón, Guido Valle Antelo.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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