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DECRETO SUPREMO Nº 11298

GRAL. HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

CONSIDERANDO:

 

Que, dentro de la Política Nacional Metalúrgica aprobada por el Supremo Gobierno, se ha considerado con prioridad la instalación de una planta de Ferro-aleaciones especiales, lo que permitirá cumplir con las asignaciones bolivianas dentro del Acuerdo de Cartagena, por cuya razón adquiere especial importancia la ejecución inmediata de estos proyectos;

 

Que, en tal sentido, la Empresa Nacional de Funciones encomendó a la firma checoslovaca SKODAEXKPORT un estudio de pre-factibilidad, la misma que, habiendo obtenido resultados positivos, recomienda la ejecución del estudio de factibilidad con ingeniería, para lo cual ENAF ha realizado consultas, recibiendo la propuesta de SKODAEXKPORT de llevar adelante ese informe por el valor de $us. 30.000.

 

Que, siendo conveniente la mencionada oferta y habiéndose analizado las calificaciones técnicas de la firma proponente que acreditan solvencia financiera y tecnológica para tal objeto, es conveniente aceptarla;

 

EN CONSEJO DE MINISTROS Y CON EL

DICTAMEN FAVORABLE DEL CONSEJO NACIONAL

DE ECONOMIA Y PLANIFICACION.

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO ÚNICO.- Autorízase a la Empresa Nacional de Fundiciones firmar un Contrato con la firma checoslovaca SKODAEXPORT, para la realización de un estudio de Factibilidad con Ingeniería destinado a la construcción de una planta de ferro-aleaciones especiales en Bolivia, por la suma de $us. 30.000.-

 

Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Minería y Metalurgia y Finanzas quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los diecinueve días del mes de enero de mil novecientos setenta y cuatro años.

 

FDO. GRAL HUGO BANZER SUAREZ, Alberto Guzmán Soriano, Wálter Castro Avendaño, Jaime Quiroga Matos, Germán Azcárraga Jiménez, Ambrosio García Rivera, Luis Leigue Suárez, Mario Serrate Ruíz, Alfredo Franco Guachalla, Alberto Natusch Busch, Ramón Azero Sanzetenea, Roberto Capriles Gutiérrez, Raúl Lema Patiño, Juan Pereda Asbún, Guillermo Bulacia Salek, Sergio Otero Gómez, Guido Valle Antelo.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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