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DECRETO SUPREMO N° 11259

GRAL. HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

CONSIDERANDO:

 

Que, mediante D.S. N° 10667 de 29-XII-73 se aprobó el Presupuesto de la Administración Central para la gestión fiscal de 1973 con recursos del Tesoro Nacional.

 

Que, durante la ejecución del presupuesto se han dictado diferentes disposiciones legales que aprueban presupuestos adicionales de egresos para diferentes Organismos del Sector Público.

 

Que, habiéndose generado nuevos ingresos así como reajustes en otros rubros, es necesario reformular el presupuesto de ingresos para la presente gestión.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO ÚNICO.- Apruébase la reformulación del presupuesto de ingresos de la Administración Central financiado con recursos del Tesoro Nacional para la gestión fiscal 1973, de acuerdo al siguiente detalle:

 

Detalle

Monto en $b.-

 

Renta Interna

 

780.000.000.-

Renta Aduanera

510.000.000.-

Renta de Comunicaciones

10.000.000.-

Renta Consular

13.000.000.-

Regalías Mineras (Mediana y Chica)

140.000.000.-

Regalías Mineras COMIBOL

115.000.000.-

19% sobre producción bruta de petróleo YPFB

215.000.000.-

19% sobre producción bruta de gas YPFB.

54.700.000.-

Regalías Fábricas de Fósforos

2.000.000.-

Impuestos de 1.6% sobre venta de divisas

85.000.000.-

Impuesto de 9% sobre créditos bancarios

30.000.000.-

Ingresos Varios

20.000.000.-

Impuesto sobre Revalorización de Activos y Plus Valía

130.000.000.-

Impuesto del 40%, 20% y 15% a la exportación

430.000.000.-

Impuesto a la exportación de algodón

60.000.000.-

Diferencias Buffer Stock

43.000.000.-

Fondos de Contrapartida

60.000.000.-

Programa de Arranque para el desarrollo

130.000.000.-

TOTAL

2.828.300.000.-

El Señor Ministro en el Despacho de Finanzas, queda encargado del cumplimiento y ejecución del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veinte días del mes de diciembre de mil novecientos setenta y tres años.

 

FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Alberto Guzmán Soriano, Wálter Castro Avendaño, Jaime Quiroga Matos, Germán Azcárraga Jiménez, Ambrosio García Rivera, Luis Leigue Suárez, Mario Serrate Ruíz, Alfredo Franco Guachalla, Alberto Natusch Busch, Ramón Azero Sanzetenea, Roberto Capriles Gutiérrez, Raúl Lema Patiño, Juan Pereda Asbún, Guillermo Bulacia Salek, Sergio Otero Gómez, Waldo Cerruto Calderón, Guido Valle Antelo.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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