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DECRETO SUPREMO Nº 11211

GRAL. HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

CONSIDERANDO:

 

Que, por Decreto Supremo N° 09999 de fecha 12 de noviembre de 1971, se libera con carácter de excepción al Comité de Energía Eléctrica la importación de las siguientes maquinarias y equipos con destino al Comité de Obras Públicas de Potosí:

 

Tres Jeeps de doble tracción

Tuberías y accesorios para el sistema de la red de distribución y conducción de agua potable.

Equipo y accesorios para la planta de potabilización.

Materiales y equipos para tanques de almacenamiento.

Materiales y equipos para la construcción de la represa de “San Idelfonso”.

 

Que, por Decreto Supremo Nº 10221 de fecha 21 de Abril de 1972 se crea la Administración Autónoma para Obras Sanitarias AAPOS - POTOSI, con personería jurídica y autonomía de gestión.

 

Que, correspondiendo a esta entidad la financiación, contratación y ejecución de las obras con destino al abastecimiento y prestación de servicios de agua potable y alcantarillado de la ciudad de Potosí, se hace necesario otorgarle las facilidades necesarias.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO ÚNICO.- Declárase que la liberación del pago de gravámenes aduaneros, por importación de maquinaria y equipo, dispuesto por el D.S. Nº 09999 de fecha 12 de Noviembre de 1971, beneficia a la Administración Autónoma para Obras Sanitarias AAPOS - POTOSI cuyo contratista es la Empresa Técnica Constructora Integral Ltda., por estar dicha maquinaria y equipos destinados al cumplimiento de los fines de la indicada entidad descentralizadas.

 

El señor Ministro de Estado en el despacho de Finanzas, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los cinco días del mes de diciembre de mil novecientos setenta y tres años.

 

FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Jaime Florentino Mendieta Vargas, Jaime Quiroga Matos, Germán Azcárraga Jiménez, Ambrosio García Rivera, Luis Leigue Suárez, Mario Serrate Ruíz, Alfredo Franco Guachalla, Alberto Natusch Busch, Roberto Capriles Gutiérrez, Raúl Lema Patiño, Juan Pereda Asbún, Sergio Otero Gómez, Waldo Cerruto Calderón, Guido Valle Antelo.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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