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DECRETO SUPREMO Nº 11191

GRAL. HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

CONSIDERANDO:

 

Que, el Comité Pro-Hospital del pueblo de Huanuni ha solicitado a la Corporación Minera de Bolivia y al Supremo Gobierno, la cesión a título gratuito de un lote de terreno de 1.532 metros cuadrados, ubicado en la Empresa Minera Huanuni y de propiedad de la Corporación Minera de Bolivia, con destino a la construcción de un Hospital General para la atención de la población civil de la localidad de Huanuni, Provincia Dalence del Departamento de Oruro;

 

Que, el Directorio de la Corporación Minera de Bolivia, en Sesión Nº 724 de 14 de junio de 1.973, resolvió favorablemente la solicitud del mencionado Comité, elevando antecedentes al Gobierno Nacionalista para su consideración y aprobación, por tratarse de bienes nacionales;

 

Que, la solicitud impetrada se halla plenamente justificada, por tratarse de un fin altamente social y porque, además, los terrenos solicitados no se hallan en zonas mineralizadas y no afectan al normal desenvolvimiento de la Empresa Minera Huanuni;

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO ÚNICO.- Se autoriza a la Corporación Minera de Bolivia para que ceda gratuitamente al Ministerio de Previsión Social y Salud Pública, una extensión de mil quinientos treinta y dos metros cuadrados de terreno ubicado en el área de la Empresa Minera Huanuni, con destino exclusivo a la construcción de un Hospital General en la localidad del mismo Nombre, destinado a su población civil, todo de conformidad con los planos levantados al efecto.

 

Los señores Ministros de Estado en el Despacho de Minería y Metalurgia y el Despacho de Previsión Social y Salud Pública, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintitres días del mes de noviembre de mil novecientos setenta y tres años.

 

FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Mario R. Gutiérrez Gutiérrez, Wálter Castro Avendaño, Jaime Florentino Mendieta Vargas, Armando Pinell Centellas, Germán Azcárraga Jiménez, Ambrosio García Rivera, Luis Leigue Suárez, Jaime Tapia Alipaz, Angel Gemio Ergueta, Alberto Natusch Busch, Ramón Azero Sanzetenea, Roberto Capriles Gutiérrez, Javier Bedregal Gutiérrez, Juan Pereda Asbún, Guillermo Bulacia Salek, Fernando Paz Baldivieso, Waldo Cerruto Calderón, Guido Valle Antelo.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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