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Gaceta Oficial del Estado Plurinacional de Bolivia
Derechos Reservados © 2026
DECRETO SUPREMO N° 15072
GRAL. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O:
Que, bajo la administración del Servicio Nacional. de Formación de Mano de Obra (FOMO) y de acuerdo al Convenio suscrito entre el Gobierno de Bolivia y el Banco Mundial se debe iniciar la ejecución del Proyecto "Estudio Socio-Económico en los Centros Mineros y su Contorno Espacial” con el fin de preparar el diagnóstico del sector minero y el análisis de las estructuras de producción económica y espacial encaminado a obtener un modelo que le permita a nuestro país alcanzar un ostensible mejoramiento de la situación socio-económico del sector con previsiones a largo plazo.
Que, tomando en cuenta la urgencia que reviste la ejecución del indicado Proyecto, que ha merecido aprobación del Supremo Gobierno a través del D.S. N° 14898 de 13 de septiembre del presente año, se estima necesario autorizar al Banco Central de Bolivia la concesión de un crédito por $b. 1.134.200.- en favor del indicado Proyecto, con cargo a reembolso por el Banco Mundial, en razón de que la referida institución Bancaria Internacional ha contraído la obligación de cubrir el monto señalado, con el último desembolso que efectúe a la conclusión del Proyecto, en el término de 15 meses.
Que, corresponde al Poder Ejecutivo autorizar el mencionado crédito para su aplicación a través de un Presupuesto Adicional, con el detalle de ingresos y egresos elaborado por el Ministerio de Finanzas, en la forma prevista por el Art. 27 del D.L. N° 14244 ,de 30 de diciembre de 1976.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A:
ARTÍCULO PRIMERO.- Se autoriza al Banco Central de Boliivia conceder un crédito al Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral para el Proyecto "Estudió Socio-Económico en los Centros Mineros y su Contorno Espacial" por la suma de UN MILLÓN CIENTO TREINTA Y CUATRO MIL DOSCIENTOS 00/100 PESOS BOLIVIANOS ($b. 1.134.200.-) con cargo a reembolso por el Banco .Mundial de acuerdo a Convenio.
ARTÍCULO SEGUNDO.- Los intereses bancarios causados por el anterior préstamo serán reconocidos por el Tesoro General de la-Nación, a través del Presupuesto del Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral de la próxima gestión fiscal.
ARTÍCULO TERCERO.- Con cargo al anterior crédito Interno, se determina la aprobación del Presupuesto Adicional del Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral para el Servicio Nacional de Formación de Mano de Obra, por la suma de' UN MILLÓN CIENTO TREINTA Y CUATRO MIL DOSCIENTOS oo/100 PESOS BOLIVIANOS ($b. 1.134.200.-), para su vigencia en la presente gestión fiscal y de acuerdo al siguiente detalle:
MINISTERIO DE TRABAJO Y DESARROLLO LABORAL
I N G R E S O S
(En Pesos Bolivianos )
Financiamiento por Orígen de los Recursos:
Código
Fuente
Presupuesto
Adicional
1977
I
NACIONALES
1.134.200.-
3.-
Crédito Interno
1.134.200.-
Banco Central de Bolivia
1.134.200.-
T o t a l :
1.134.200.-
E G R E S O S
( En Pesos Bolivianos )
Clasificación por Objeto del Gasto:
Código
D e s c r i p c i ó n
Presupuesto
Adicional
1977
700
TRANSFERENCIAS
1.134.200.-
720
Al Sector Público
1.134.200.-
724
Transferencias de Capital por Subvenciones
1.134.200.-
Administración Descentralizada
1.134.200.-
2.- Instituciones Públicas
1.134.200.-
Servicio Nacional de Formación de Mano de Obras (POMO)
1.134.200.-
T o t a l :
1.134.200.-
ARTÍCULO CUARTO.- El Servicio Nacional de Formación de Mano de Obra, como, organismo receptor del anterior préstamo en calidad de transferencia se sujetará en su aplicación de acuerdo al siguiente detalle de Ingresos y egresos:
SERVICIO NACIONAL DE FORMACION DE MANO DE OBRA
PRESUPUESTO DE INVERSION
Proyecto: Estudio Socio-Económico en los Centros
Mineros y su Contorno Espacial.
I N G R E S O S
( En Pesos Bolivianos )
Financiamiento por Origen de los Recursos:
Código
Fuente
Presupuesto
Adicional
1977
I
NACIONALES
1.134.200.-
4.-
Transferencias
1.134.200.-
Ministerio de Trabajo y Desarrollo
Laboral (Crédito Interno)
1.134.200.-
Total:
1.134.200.-
E G R E S O S
( En Pesos Bolivianos )
Clasificación por Objeto, del Gasto:
Presupuesto
Código
D e s c r i p c i ó n
Adicional
1977
100
SERVICIOS PERSONALES
589.100.-
120.4
Empleados No Permanentes
589.100 -
200
SERVICIOS NO PERSONALES
63.300.-
210
Servicios Básicos
12.200.-
211.4
Comunicaciones
2.000.-
212.4
Energía Eléctrica y Agua
2.400.-
213.4
Publicidad e Imprenta
7.800.-
220
Servicios de Transporte y Seguros
19.200.-
221.4
Pasajes
3.200.-
222,4
Viáticos
16.000.-
230
Alquileres
30.000.-
231.4
Edificios y Terrenos
30.000.-
240
Mantenimiento y Reparaciones
1.900.-
241.4
Edificios y Equipos
1.900.-
300
MATERIALES Y SUMINISTROS
45.400.-
310
Para Oficina
30.000.-
311.4
Papelería y Suministros Varios
30.000.-
320
Para Usos Varios
15.400.-
321.4
Limpieza y Usos Domésticos
2.000.-
323.4
Alimentos
1.800.-
325.4
Lubricantes y Combustibles
7.600.-
328.4
Accesorios, Repuestos y Herramientas Menores
4.000.-
400
ACTIVOS FIJOS Y FINANCIEROS
436.400.-
430
Maquinaria y Equipo
436.400.-
431.4
Equipo de Oficina y Muebles
156.400.-
433.4
Equipo de Transporte, Tracción y Elevación.
280.000.-
Total:
1.134.200.-
ARTÍCULO QUINTO.- Derógase el Art. 3°del D.S. N° 14898 de 13 de septiembre del presente año.
Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Finanzas y Trabajo y Desarrollo Laboral, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los quince días del mes de octubre de mil novecientos setenta y siete años.
FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Oscar Adriázola Válda, Juan Pereda Asbún, Rene Bernal Escalante, Juan Lechin Suárez, David Blanco Zabala, Jaime Niño de Quzmán Quiroz, Fadrique Muñoz Reyez, Carlos Rodrigo Lea Plaza, Mario Vargas Salinas, Alfonso Villalpando Armaza, Alberto Natusch Busch, Luis Cordero Montellano, Guido Vildoso Calderón, Fernando Guillen Monje.
TEXTO DE CONSULTA
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