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Gaceta Oficial del Estado Plurinacional de Bolivia
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DECRETO SUPREMO Nº 15055
GRAL. HUGO BANZER SUÁREZ
PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
C O N S I D E R A N D O :
Que, la Honorable Alcaldía Municipal de Padcaya, Capital de la primera sección, de Provincia Aniceto Arce del Departamento de Tarija, ha presentado proyecto de la Ordenanza de Patentes e impuestos a consideración del consejo Nacional de Economía y Planificación.
Que, los Organismos técnicos de los Ministros de Finanzas y planeamiento y coordinación, han elaborado informe y proyecto sustitutivo de la referida Ordenanza.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A :
ARTÍCULO 1.- Apruébase la Ordenanza de Patente e Impuestos de la Honorable Alcaldía Municipal de Padcaya, Capital de la primera sección de la Provincia de Aniceto Arce del Departamento de Tarija, para la gestión para la gestión de 1977 en sus siguientes 7 secciones y 58 Items.
ITEM
D E T A L L E
CATEGORIA
1ra.
2da.
Sección Primera
Patentes Artesanales, anual
1.-
Yeseros, caleros, tejeros y otros
100.-
60.-
2.-
Constructores y albañiles
100.-
60.-
3.-
Patentes de vehículos
100.-
60.-
Sección Segunda
4.-
Comerciantes de la capital, anual
150.-
100.-
5.-
comerciantes cantorales, anuales
80.-
60.-
6.-
Comerciantes ambulantes
30.-
20.-
7.-
Comerciantes Romería Chaguaya
80.-
50.-
8.-
Destilado de alcoholes
300.-
200.-
9.-
Hoteles, bares y cantinas
200.-
150.-
10.-
Trapiches de caña de azucar
60.-
30.-
11.-
Establecimiento de curtiembres
150.-
100.-
12.-
Interacción de coca de por tambor
4.-
-.-
13.-
Internación de vino por botija
5.-
-.-
14.-
Internación por fardo aguas gaseosas
5.-
-.-
15.-
Extracción y chancaca por quintal
5.-
-.-
16.-
Extracción de suelas por c/u
5.-
-.-
17.-
Extracción de cordobanes por c/u
3.-
-.-
18.-
Comercialización de ganado vacuno de la provincia por c/u
50.-
-.-
19.-
Comercialización de ovejas, cabras y otros c/u
10.-
-.-
20.-
Comercialización de cerdos por c/u
15.-
-.-
21.-
Comercialización de gallinas por c/u
1.-
-.-
22.-
Internación, ovejas, cabras y cerdos c/u
3.-
-.-
23.-
Predial urbano el 4 por mil sobre el valor catastral
410.-
-.-
24.-
Vendedoras de ponches y calientes por c/d vez
15.-
-.-
Producción e internación de alcohol
25.-.
Al alcohol potable por litro (DS. Nº 11142 de 26/X/73)
16.51.-
-.-
26.-
Al alcohol desnaturalizado (D.S. Nº 11142 de 26/X/73)
331.-
-.-
Sección Tercera
Otros Impuestos Industriales
27.-
Elaboración de chicha en la capital
50.-
40.-
28.-
Elaboración de chicha y guarapos en los cantones por cada vez
40.-
30.-
29.-
Impuestos a molinos de cereales
100.-
80
30.-
Impuestos molinos de cereales
100.-
80.-
31.-
Impuestos a aserraderos a motor
300.-
150.-
32.-
Id. De cierra de madera tracción humana
100.-
80.-
33.-
Extracción de puertas y ventanas c/u
4.-
-.-
34.-
Patente a fabricas bebidas gaseosas
150.-
100.-
35.-
Pastor de ganado argentino por c/u
2.-
1.-
36.-
Impuesto ganado argentino c/u
20.-
15.-
Sección Cuarta
Producción Agropecuarios y Madera
37.-
Extracción de limas, naranjas, pomelos, mandarinas, caña de azúcar por camionada.
50.-
30.-
38.-
Extracción de maíz, papa cada quintal
3.-
-.-
39.-
Extracción de maní qq
5.-
-.-
40.-
Internación de sal por camionadas
20.-
-.-
41.-
Extracción tomata por cajón
3.-
-.-
42.-
Extracción de choclo por camionadas
30.-
-.-
43.-
Madera en rodillos, postes, callapos y costaneras por camionadas
150.-
100.-
44.-
Por camionada de carbón
50.-
30.-
45.-
Extracción de leña camionada
30.-
Sección Quintal
Cementerio Público
46.-
Venta adperpetuam nichos mayores
800.-
-.-
47.-
Venta adperpetuamn nichos menores
600.-
-.-
48.-
Renovación por 5 años mayores
300.-
-.-
49.-
Renovación por 5 años menores
200.-
-.-
50.-
Campo común mayores
50.-
-.-
51.-
Campo común menores
30.-
-.-
Sección Sexta
Carpas y ferias. Mercado Público
52.-
Alquileres de plaza Mercado Público mensual
50.-
-.-
53.-
Vivanderas en el merado por día
1.-
-.-
54.-
Panaderas, alojeras, verduleras, fruteras, dulceras y otros, dentro y fuera del mercado por día.
1.
-.-
55.-
El cuero del ganado vacuno derribado para la venta del público en cualquier parte de la Prov. Pertenece a la alcaldía Municipal.
56.-
Hoteles, bares cocineras y otros en la feria de Chaguaya.
100.-
-.-
Sección Septíma
57.-
Registro de marca anual
39.-
-.-
58.-
Multas animales dañinos c/u
10.-
-.-
ARTÍCULO 2.- los impuestos y patentes porcentuales de la presente Ordenanza, no afectan al comercio en transito, ni al de exportación.
ARTÍCULO 3.- la aprobación de esta Ordenanza no afecta a la estipulación liberatoria de los tratados internacionales vigentes.
ARTÍCULO 4.- para los diferentes tramites administrativos técnicos y de tributación, la Municipalidad emitirá formularios valorados.
ARTÍCULO 5.- las poblaciones satelitales dentro del radio urbano, que no tenga los servicios de agua, luz y alcantarillado, quedan exentos del pago de impuestos municipales, mientras no dispongan de dichos servicios.
ARTÍCULO 6.- la municipalidad no cobrara impuestos ni patentes a las similares del país, por ningún concepto.
Los señores Ministros de Estado en el Despacho de Finanzas y del Interior, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente decreto.
Es dado en el palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz a los siete días del mes de octubre de mil novecientos setenta y siete años.
FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Oscar Adriázola Valda, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Carlos Calvo Galindo, Jaime Niño de Guzmán, Carlos Rodrigo Lea Plaza, Alfonso Villalpando A., Mario Vargas Salinas, Alberto Natusch Busch, Guido Vildoso Calderón.
TEXTO DE CONSULTA
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