|
|
Gaceta Oficial del Estado Plurinacional de Bolivia
Derechos Reservados © 2026
DECRETO SUPREMO N° 15038
GRAL. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O:
Que la H. Alcaldía Municipal de Uyuni, capital de la Provincia Quijarro del Departamento de Potosí, ha presentado proyecto de Ordenanza de patentes é impuestos a consideración del Consejo Nacional de Economía y Planificación.
Que los organismos técnicos de los Ministerios de Finanzas y Planeamiento y Coordinación, han elaborado informe y proyecto sustitutivo sobre la referida Ordenanza.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A:
ARTÍCULO 1.- Apruébase la Ordenanza de Patentes é Impuestos de la H. Alcaldía Municipal de Uyuni, Capital de la Provincia Quijarro del Departamento de Potosí, para la gestión de 1977, en sus siguientes 3 Capítulos y 185 Item.
Categorías
Item
D e t a l l e
1ra.
$b.
2da.
CAPITULO PRIMERO
SECCION PATENTES
1- PATENTES FIJAS
PROFESIONALES - PERSONALES
1
.-
Médicos, abogados, ingenieros, auditores financieros, dentistas,
arquitectos, farmacéuticos, con grado academico universitario
200
.-
2
.-
Contadores, agrimensores, topografos, ensayistas de minerales, radiologos, obstetrices, enfermeras, quimicos, tecnicos medios
150
.-
3
.-
Egresados de universidades, defensores sin título
100
.-
4
.-
Fotografos, choferes, mecánicos, soldadores, hojalateros, zapateros, sastres, modistas, costureras, carpinteros y otros de artesanía
80
.-
ACTIVIDADES COMERCIALES
2.- ACTIVIDADES COMERCIALES ESPECIALES
5
.-
Agencias y oficinas de empresas cooperaticas mineras, productores de minerales en la Provincia "Quijarro"
a) Empresas medianas
1.000
.-
b) Empresas chicas
500
.-
7
.-
Agencias sub-agencias, concesionarios en distritos regionales para la venta de carburantes en general (gasolina, petroleo, parafina, kerosene, diesel y aceites de Y.P.F.B.,) en ciudades y provincias
300
.-
8
.-
Oficinas de empresas petroleras
1.000
.-
800
.-
9
.-
Tiendas comerciales, comercianres, distribuidores y vendedores de cerveza nacionales
400
.-
10
.-
Tiendas comerciales, distribuidores y vendedores de aguas gaseosas del interior
300
.-
11
.-
Bodegas de licores de produccion nacional
300
.-
12
.-
Agencias, casqas comerciales con ventas de discos musicales
150
.-
13
.-
Casas comerciales, con ventas de material de construcccion en general
200
.-
14
.-
Barracas con venta de maderas en general
200
.-
15
.-
Casas comerciales mayoristas, importadoes, con ventasl al por mayor y menor
500
.-
300
.-
16
.-
Tiendas comerciales con ventasl de mercaderias en general:
200
.-
100
.-
a) Tiendas con venras de abarrotes, conservas
300
.-
200
.-
b) Tiendas con ventas de mercaderias en general en vestuario
500
.-
17
.-
Farmacias y boticas
200
.-
150
.-
18
.-
Actividades comerciales no especificadas
3.- COMERCIO MINORISTA
COMERCIO DE VENTA AL DETALLE
19
.-
Bazares en general
250
.-
20
.-
Ferreteria en general
400
.-
21
.-
Friales
250
.-
22
.-
Librerias y papelerias en general
300
.-
200
.-
23
.-
Agencias de diarios, revistas y periodicos
100
.-
80
.-
24
.-
Casas con venta de conbustible de yareta, leña, carbon. Etc.
100
.-
25
.-
Negocios con venta de kioscos de mercados avenidas y calles, parques:
a) Cigarrillos, dulces, jugos, salteñas, pasteles, sandwichs, refrescos, helados y otros
120
.-
26
.-
Casetas en el mercado Antofagasta
.-
S/venta de mercaderías, abarrotes al servicio de:
a) Ropa cosida, pamos, géneros calzados y otros
250
200
b) Abarrotes, conservas, bazares proveedores en general
200
150
c) Coca, alcohol, cigarrillos y otros similares
200
d) Talleres en general de artesanía
150
e) Comercianes establecidos con ventas de mercaderías, abarrotes y otros
250
200
.-
27
.-
Puestos de carnecería en general:
.-
a) Carne de ganado vacuno
300
b) Cane de ganado lanar y otros
c) Carnicerias en friasles
200
200
.-
.-
d) Comerciantes rescatadores de carne
250
.-
28
.-
Puestos de venta de verdur5as, frutas y legumbres
100
.-
29
.-
Puestos de venta de abarrotes en general
200
.-
30
.-
Provedurias de verdura para empresas particulares en bodegas del FF.CC. (Tengan o o contratos privados o públicos
250
.-
31
.-
Internacion de verduras, mercaderias, bebidas gaseosas, fermentadas y otros en bodegas dek FF.CC. Para empresas particulares por cada vez
200
.-
32
.-
Patentes anuales para tiendas minoristas con venta de qabarrotes en general sobre el giro de su capital invertido:
.-
a) de $b. 500 a 1.000
100
b) de " 1.001 " 2.000
120
c) de " 2.001 " 4.000
150
d) de " 4.001 " 7.000
180
e) de " 7.001 " 10.000
200
f) de " 10.001 " 12.000
250
g) de " 12.001 " más capital
300
h) Para cantones y villorrios
60
50
.-
33
.-
Tiendas de comercio con venta de vestuario, telas, casimires, paños, generos, calzados, cosmeticos, perfumes
300
.-
34
.-
Tiendas de comercio no clasificadas con venta al detalle
150
.-
4- PUESTOS DE VENTA PARA ALASITA
35
.-
Durante la feria de alasitas por:
a) Metro lineal por día
4
.-
b) Seccion heladerías
3
.-
c) Joyerías y juegos de destreza
20
.-
d) Repostería y masitas
30
.-
e) Rifa de tortas
200
.-
f) Rifa de juguetes y alcancías
50
.-
g) Mesas de futbolines
30
.-
h) Rifa y venta de varias mercaderías
100
.-
i) Rifa de alfareria
150
.-
36
.-
Sitiaje en el mercado publico y otros lugares, por metro cuadrado:
.-
a) Comercio dominical
3
b) Comercio diario
2
c) Comercio en camiones
5
d) Plazajes fijo de las casetas del mercado Antofagasta mensual
20
37
Plazajes fijo en el mercado publico mensual, por cada puesto
30
.-
38
.-
Comerciantes ambulantes en la ciudad, venta de mercaderias, abarrotes, verduras, frutas, conservas y otros por casa vez que lleguen
50
.-
30
.-
39
.-
Fotografos ambulantes
30
.-
40
.-
Mecanicos ambulantes
40
.-
41
.-
Peinadoras
50
.-
42
.-
Profesionales ambulantes
40
.-
43
.-
Agentes viajeros y vendedores
100
.-
80
.-
44
.-
Quiromanticos, astrologos, pitonisas con permanencia precaria, rifadores de mercaderias y otros previamente autorizados por la Municipalidad cada vez
100
.-
45
Juegos no prohibidos con autorizacion Minicipal cada vez
80
.-
"Juegos prohibidos por orden del Supremo Gobierno son: Crap. Poker, Tres Argollas y otros".
6- INDUSTRIALES ARTESANALES Y COMERCIALES INDUSTRIALES
46
.-
Fabrica de jabon y velas
200
.-
47
.-
Fabrica de sodas, aguas gaseosas en general
300
.-
48
.-
Fabrica de fideos
200
.-
49
.-
Fabrica de tostados y granos
200
.-
50
.-
Molineria de sal:
a) En la ciudad
300
.-
b) En los cantones
200
.-
51
.-
Industriales panificadores de: panes, galletas y otros
150
.-
100
.-
52
.-
Crianza de cerdos por cada uno
50
.-
53
.-
Industria de juegos pirotecnicos
100
.-
54
.-
Industria de helados:
a) Sistema mecanico
150
.-
b) Sistema manual
100
.-
55
.-
Estudios fotograficos
150
.-
56
.-
imprenta y talleres tipograficos
150
.-
57
.-
Otras industrias:
a) Fundiciones en general
200
.-
b) Industrias medianas
100
.-
7- ARTESANALES Y GRAMIALES
58
.-
Sombrererias, composturas de sombreros
100
.-
59
.-
Sastrerias, costureras para ambos sexos
150
.-
100
.-
60
.-
Talleres de pinturas y letras
690
.-
61
.-
Joyerias, relojerias en general
100
.-
a) Barracas con carpinteria
350
.-
63
.-
Tejidos y costurerias en general
100
.-
80
.-
64
.-
Peinadoras, peluquerias establecidas
100
.-
ESTABLECIMIENTOS DE SERVICIO
8- ACADEMIAS E INSTITUCIONES DE ENSEÑANZA
65
.-
Academias e instituciones de enseñanza de artes, idiomas, musicales, bailes, danzas, mecanografias, dactilografias, cortes, confecciones, tejidos y otros
200
.-
150
.-
9- NEGOCIOS Y OFICINAS DE PRESTACIONES DE SERVICIOS
66
.-
Agentes, represntantes de fabricas y casas comerciales del interior del pais
200
.-
67
.-
Agencias, empresas de transporte de flotas y camiones
150
.-
68
.-
Agencia de compañias de seguro
200
.-
69
.-
Agencias despachadoreas de aduanas
1.000
.-
70
.-
Agencias de alquiler de:
a) Motocicletas y motonetas
150
.-
b) Bicicletas
100
.-
71
.-
Clinicas sanatorios
200
.-
150
.-
72
.-
Cooperativas de consumo, ahoroo y credito
100
.-
73
.-
Contratistas de trabajo de construccion, instalaciones, servicios sanitarios y obras anexas
300
.-
200
.-
74
.-
Empresas de transporte terrestre de carga, pasajeros en camiones, colectivos y otros vehiculos
150
.-
75
.-
Salones de juego de futbolines
100
.-
76
.-
Limpieza de ropa en general
150
.-
77
.-
Locales en general que se alquilan para bailes de carnaval
300
.-
78
.-
Locales que se alquilan para recepciones sociales, coronaciones y bailes sociales cada vez
100
.-
79
.-
Notarias de Fe Publica
150
.-
80
.-
Patente anual por salin de billas
300
.-
81
.-
Canchas de fronton, pelota vasca
100
.-
82
.-
Negocios en oficinas de prestaciones de servicios no clasificados
100
.-
10- SERVICIOS DE ALOJAMIENTOS, ALIMENTACION Y CANTINAS
83
.-
Alojamiento sin pension no cantina
150
.-
84
.-
Bares, snaks, restaurantes en general
a) Corrientes con bar y pension
350
.-
b) De clubes e instituciones deportivas (concesionarios)
250
.-
85
.-
Cantinas y poncherias en general
300
.-
200
.-
86
.-
Casas de tolerancias
1.000
.-
87
.-
Casas de pension:
a) Servicio de almuerzo y cena son cantina
200
.-
b) Servicio de almuerzo y cena con cantina
300
.-
88
.-
Chicherias y picanterias en general
400
.-
300
.-
89
.-
Hoteles con anexos de bar, comedor
1.000
.-
90
.-
Quintas de recreo con anexo de bar comedor
500
.-
91
Pastelerias, empanaderias, salteñerias y otros
200
.-
92
.-
Vendedores de comidas, te, api y analogos en el mercado publico
40
.-
a) Vendedores de refrescos, dulces, pastillas en sitios conocidos de la ciudad
50
.-
93
.-
Servicios de pensiones en domicilios particulares no clasificados
150
.-
11- SERVICIOS DE PROPAGANDA
94
.-
Carteles para espectáculos en general colocados en la calle, avenidas, plazas:
a) Para cines y teatros por cada día
2
.-
b) Para otros espectaculos por cada día
2
.-
c) Para circos por cada dia
2
.-
95
.-
Anuncios y propaganda en vehículos para espectáculos y comercianles cada día
10
.-
96
Radio difusoras o emisoras
100
.-
97
.-
Placas letreros, avisos, anuncios de cualquier actividad colocados y pintados
20
.-
98
Altoparlantes colocados en casas comerciales
20
.-
99
.-
Servicios no clasificados de propagandas tributarán de acuerdo al servicio que realizan
ESPECTACULOS Y RECREACIONES PUBLICAS
12- EMPRESAS TEATRALES CINEMATOGRAFICAS
100
.-
Empresas teatrales cinematográfias permanentes por cada sala
1.000
.-
101
.-
Empressrios, empresas de espectáculos acrobáticos, circos y otros por cada vez
200
.-
13- BAILES Y OTROS ESPECTACULOS
102
.-
Bailes de cualquier indole en locales clubes, sociales, deportivos, particulares, cobren o no entradas (esta patente debe pagar el administrador) cada vez
100
.-
103
.-
Bailes de carnaval cobre o no entradas
.-
a) Con atención de bar y cantina
b) Si cantina
300
300
.-
.-
104
.-
Actuacion de bandas y orquestas
.-
a) Comparsas con banda de musicos (carnaval)
250
.-
b) Comparsa con orquesta (carnavales)
150
.-
c) Comparsa con anatas y sicuris
100
.-
d) Conjuntos electronicos
350
.-
e) Conjuntos orquestales
150
.-
f) Conjuntos electronicos del interior para cualquier actuacion
300
.-
105
.-
Kermeses en general con cualquier finalidad en clubes y otros sitios cada vez
50
.-
106
.-
Alforazgos acompañados con banda de musica u orquesta por cada vez
100
.-
107
.-
Quema de juegos pirotecnicos, con prohibicion del uso de dinamita
60
.-
VEHICULOS
14- VEHI-CULOS DE SERVICIO PARTICULAR
108
.-
Patente anual para vehiculos de servicio particular en la ciudad y en cantones
1.974
Modelos 70/Ant
a) Automoviles, jeeps, vagonetas, camionetas, furgonetas
150
.-
100.-
80
.-
b) Camiones de 8 a 10 ton.
200
.-
100.-
80
.-
c) Camiones transporte local
150
.-
80.-
60
.-
15- VEHICULOS DE SERVICIOS PUBLICOS
109
.-
Patente para vehiculos de servicio publico en la ciudad:
a) Omnibuses, colectivos, micros
100
.-
80.-
50
.-
b) Camiones de 8 a 10 ton
150
.-
100.-
80
.-
c) Camiones de 4 a 7 ton
200
.-
80.-
60
.-
d) Camiones transporte local
60
.-
110
.-
Patente de motocicletas y motonetas por cada un
50
.-
111
.-
Propietario de bicicletas por cada uno
20
.-
COMERCIO
16-NEGOCIOS Y CASAS COMERCIALES
112
.-
A la actividad comercial en general y sis ingresos percibidos de
acuerdo al balance oficial
1
%
INDUSTRIAL
113
.-
A la actividad industrial en general s/ sus ingresos percibidos, de acuerdo al balance oficial
0,5
%
BANCOS E INSTITUCIONES DE CREDITO Y COMPAÑIAS DE SEGUROS
Categorías
Item
D e t a l l e
1ra.
$b.
2da.
115
.-
Agencias , agentes de compañias de seguros que representan a compañias extranjeras y nacionales, de igual actividad, sobre el capital, reservas legales
0,5
%
EMPRESAS DE SERVICIOS
EMPRESAS Y OFICINAS DE PRESTACIONES DE SERVICIOS
116
.-
Agentes distribuídores o intermediarios de productos o mercaderias naciones o importados sobre sus comisiones percibidos
1
%
117
.-
Agentes distribuídores o intermediarios de películas sobre sus ingresos percibidos
0,5
%
118
.-
Empresas constructoras, compañías, sociales, contratantes de trabajo de ingenierias, obras sanitarias, servicios de aguas potables, servicios eléctricos.
0,25
%
LICENCIAS Y DERECHOS - PARA EL FUNCIONAMIENTO DE ACTIVIDADES MERCANTILES
119
.-
Inscripción y registros para aperturas de negocios funcionamiento de:
a) Negocios comerciales, industriales, servicios sucursales, agencias, salas cinematograficas, teatros y otros de ramas anexas por una sola vez
200
.-
150
.-
120
.-
Riendas minoristas, salones de juegos, kioscos, puestos de venta en mercados y otros lugares por una sola vez
80
.-
50
.-
121
.-
Transferencias o cambios de razon social:
.-
a) Negocios comerciales, tiendas csas comerciales, industriales, talleres y negocios en general
200
.-
122
.-
Licencias oara el funcionamiento de agencias y oficinas de empresas mineras y petroleras:
.-
a) Para empresas de produccion de mienrales
200
.-
b) Para empresas petroleras
300
.-
123
.-
Licencias para apertura de talleres en general de artesanias y ramas anexas
150
.-
124
.-
Licencias para apertura de hoteles, bares, quintas, restaurantes, cantinas, chicherias, snacks, fuentes de soda, bufetes y otros
350
.-
Apertura para casa y funcionamiento de casa de tolerancia
1.000
.-
125
.-
Licencia de exhumacion de cadaveres despues de 5 años de inhumacion con tramite legal
100
.-
126
.-
Autorizacion para la actuacion de bandas de musica, conjuntos orquestales, para la realizacion de bailes de carnaval:
a) Banda y conjuntos orquestales del interior
50
.-
b) bandas y orquestas locales
30
.-
127
.-
Licencia para comerciantes circulantes no clasificados
80
.-
128
.-
Licencia para puestos de venta para comerciantes no clasificados y ambulantes
50
.-
129
.-
para profesionales en general
100
.-
a) Arena, ripio, cascajo por camionada
20
.-
b) Piedras, marmol, loza canteada por metro cuadrado
5
.-
131
.-
Derecho de inscripcion unca de propiedad de vehiculos motorizados:
a) Hasta el modelo 1.969
100
.-
b) Del modelo de 1970 a 1973
100
.-
c) Del modelo de 1975
100
.-
132
.-
Licencia de exhumacion de cadaveres y traslado dentro de la provincia con el tramite legal
150
.-
133
.-
Licencia de exhumacion de cadaveres y traslado fuera de la provincia con el tramite legal
200
.-
134
.-
Licencia de exhumacion de cadaveres y traslado al interior y exterior de la Republica con tramite legal
a) Traslado al interior de la republica
250
.-
b) Traslado al exterior de la republica
500
.-
135
.-
derecho de sepultura en el cementerio general de la ciudad y en cantones:
a) De cuerpo mayor o adulto
30
.-
20
.-
b) De cuerpo menor o parvulo
20
.-
10
.-
SERVICIOS MUNICIPALES
136
.-
Derecho de instalacion y conexión de telefono e instalacion
150
.-
137
.-
Servicio de telefono publico
36
.-
138
.-
Servicio de limpieza del radio urbano por metro lineal de frontis
3
.-
139
.-
Limpieza del radio urbano de las propiedades por metro lineal de frontis de:
a) Inmuebles dqeu no usan los servicios legales por metro lineal
1
.-
b) Terrenos no edificados con o sin murallas
2
.-
PATENTES DIVERSOS
140
.-
Patentes para canes
10
.-
141
.-
Contraste de pesas y medidas
a) Balanza de plataforma de mostrador
10
.-
b) Balanza de farmacias y hoteles
15
.-
c) Medidas de longitud, utilizados por comerciantes
5
.-
CORAMBRE
142
.-
Todo cuero de ganado vacuno corresponde a la Municipalidad
143
.-
Derecho de carneo vacuno en el camal y traslado al mercado
publico
30
.-
ALQUILERES SEGÚN CONTRATO FIRMADO
145
.-
Tiendas en la Av. Potosí
146
.-
Tiendas N° 165 Av. Arce
147
.-
Tiendas en la Av. Arce
148
.-
Depósitos en el mercado publico
149
.-
Arcos en el interior del mercado publico
150
.-
Alquiler de nicho en el cementerio general
a) Nicho para adultos por 10 años
150
.-
b) Nicho para párvularios por 10 años
100
.-
151
.-
Alquielre de carroza
50
.-
152
.-
Alquiler de kioscos en la Av. Arce
153
.-
Alquiler de Hotel municipal y el Teatro Municipal
154
.-
Alquiler del frial Municiapal
CAPITULO SEGUNDO
IMPUESTOS MUNICIPALES
IMPUESTO A LAS MERCADERIAS Y COMERCIALES
COMERCIALIZACION
155
.-
De materiales de construccíon adjunte valores para comerciantes no inscritos en el registro mercantil local
1
%
156
.-
De artículos alimenticios, envasados y a granel con excepcion de los de promera necesidad adjunte calores para comerciantes establecidos y no inscritos en el registro mercantíl
0,5
%
157
.-
Otros productos mercadedíras, importadas y nacionales con excepcion de los de promera necesidad, sobre el valor CIF. Para comerciantes no inscirtos en el registro mercantil local, de acuerdo al balance o libro de venta
0,8
%
IMPUESTOS A LAS BEBIDAS ALCOHOLICAS
IMPUESTOS A LOS ALCOHOLES
158
.-
Internacion y comercialización de aguardientes, piesocs, singanis, vinos y otras bebidas alcoholicas nacionales, sobre el valos de factura
5
%
159
.-
A la internación y comercialización de alcoholes D.S. 11142 26-10-73:
a) Alcohol potable
16,5
b) Alcohol desnaturalizado
33
%
160
.-
A la internación y comercialización de vinos y otras bebidas:
a) De procedencia nacional el litro
0,10
b) de procedencia extranjera litro
0,30
c) Bebiedas extranjeras c/botella sellada
2,50
d) Bebidas nacionales con botella sellada
1
.-
161
162
.-
.-
A la internación de huiñapo por cada quintal 0 46 Kilos
A la internación y comercialización de coca y cigarrillos:
15
.-
a) Comercializacion de coca s/f
5
.-
b) Comercializacion de cigarrillos s/f. D.S. 10557 1/11/72
3
.-
163
.-
A la internacion y comercializacion de calzados extranjeros
a) Calzados para adultos, el par
5
.-
b) Calzados para niños el par
3
.-
164
.-
A la internqacion de leña y yareta, carbon vegetal y otros combustibles sobre el precio de venta
3
.-
A LAS BEBIDAS FERMENTADAS Y GASEOSAS
165
.-
Participación en el impuesto a la cerveza s/g. D.S. 11129 de 19/10/73
7
.-
166
.-
A la produccion, elaboración, internación y extracción de chicha:
a) elaboración de chicha por c/botella
0,50
%
b) internación de chicha por botella
1
.-
c) Exportación de chicha al interior por cada botella
0,50
%
A LAS BEBIDAS GASEOSAS NO ALCOHOLICAS
167
.-
Aguas gaseosas y productos refrescantes el conco pro ciento sobre el precio de venta (D.S. N° 4593 de 23/2/2/57
5
%
BAILES Y OTRAS RECREACIONES PUBLICAS
168
.-
Impuesto a los espectáculos publicos en general s/g. D.L. 14374 de 21/277
A LOS ALQUILERES, CONTRATOS Y ANTICRETICOS
169
.-
Timbres de recibos de alquileres, sobre el monto de canon de alquiler mensual:
a) Establecimientos o negocios comerciales, industriales de servicio
1
%
b) Vivienda particulares
0,5
%
170
.-
Timbres a los alquleres eventuales y contrato a los locales para bailes y otros espectaculos en general, sobre el canon convenido
1
%
171
.-
Timbres a los alquleres y contratos anticreticos sobre el monto
del canon cel contrato
0,5
%
IMPUESTOS DIVERSOS
172
.-
Remates y sorteos en general, sobre el valor adjudicado en remate:
a) De mercaderías, conservas, dulces, muebles, servicios y otros (remate en aduanas distritales)
2
b) de mercaderías en general, abarrotes y otros (particulares en la ciudad)
2
173
174
.-
.-
Rifas en general, Ley de 13/10/54
Remate de lotes en terrenos vacantes de propiedad Municipal, dentro del radio urbano:
5
a) Base de remate del metro cuadrado
7
.-
b) Venta directa el metro cuadrado
10
.-
175
.-
Remate de lotes en terrnos vacantes en lso cantones:
a) base de remate el metro cuadrado
3
.-
b) Venta directa el metro cuadrado
5
.-
EXTENSION DE RECIBOS Y CERTIFICADOS
176
.-
Extension de certidicados para cualquiera finalidad, extendidos por las oficinas de la Municipalidad
30
.-
177
.-
Extension de recibos deplicados de cualquier gestion
30
.-
178
.-
Reposicion comprobante
5
.-
IMPUESTOS A LA PROPIEDAD URBANA
CATASTRO DE PROPIEDAD URBANA
179
.-
Ipuesto predial urbano, sobre el valor de la propiedad urbana
4
.-
180
.-
Impuesto a los terrenos sin edificar valor:
a) Con acceso a servicios publico
2
.-
b) Sin acceso a servicios publicos
1
.-
CAPITULO TERCERO
INTERESES, MULTAS Y RECARGOS
INTERESES Y MULTAS
181
.-
Intereses sobre patentes e impuestos municipales nó
pagados dentro del término letgal sobre el tiempo cqaido en mora sobre el valor del avalúo del inmueble, anual
18
.-
182
.-
Multas a la evasión de patentes e impuestos sobre el monto evadido por acción de oficio
15
.-
183
.-
Multa por infracción a disposiciones vigentes de acuerdo a la gravedad de la falta, previo informe del señor Intendente Municipal o la Policía Urbana
184
.-
Reposición por destrucción de bancos de las plazas, postes de alumbrado (iluminación) de parques, avenidas y otros de la ornamentación independiente de la multa
100
.-
RECARGOS DESTINADOS DE ACUERDO A D.S.
185
.-
Recargo universitario sobre patentes e impeustos determinados con destino a la Universidad Mayor "Tomas Frias" conforme a Ley.
20
.-
ARTÍCULO 2.- Los impuestos y patentes porcentuales de la presente Ordenanza, no afectan al comercio en tránsito, ni al de exportación.
ARTÍCULO 3.- La aprobación de esta Ordenanza no afecta a las estipulaciones liberatorias de los tratados internacionales vigentes.
ARTÍCULO 4.- Para los diferentes trámites administrativos técnicos y de tributación, la Municipalidad emitirá formularios valorados.
ARTÍCULO 5.- Las Poblaciones Satélites dentro del radio urbano, que no tengan los servicios de agua, luz y alcantarillado, quedan exentos del pago de impuestos municipales, mientras no dispongan de dichos servicios.
ARTÍCULO 6.- La Municipalidad no cobrará impuestos ni patentes a las similares del país, por ningún concepto.
Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Finanzas y del Interior, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los siete días del mes de octubre de mil novecientos setenta y siete años.
TEXTO DE CONSULTA
Gaceta Oficial del Estado Plurinacional de Bolivia
Derechos Reservados © 2026